Decisión nº C1-10, de Consejo de Transparencia de 11 de Mayo de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898430

Decisión nº C1-10, de Consejo de Transparencia de 11 de Mayo de 2010

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2010
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL N° C1-10

Entidad pública: Dirección del Trabajo

Requirente: Juan Carlos Ortiz Espinoza

Ingreso Consejo: 05.01.2010

En sesión ordinaria N° 147 de su Consejo Directivo, celebrada el 11 de mayo de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, se ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo Rol C1-10.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 20.285, de 2008, sobre acceso a la información pública; la Ley N° 19.880, del 2003, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285 y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD: El 11 de octubre de 2009 don Juan Carlos Ortiz Espinoza solicitó al Jefe de la Unidad de Inspección de Oficio de la Dirección del Trabajo, mediante correo electrónico dirigido a su casilla de correo electrónico institucional, se le informara acerca de los resultados de las fiscalizaciones que se llevarían a cabo en un conjunto de empresas denunciadas por él, así como el estado de las mismas. Reiterando dicha solicitud, por la misma vía, el 11 de noviembre de 2009, oportunidad en la que, junto con señalar no haber tenido noticias de parte del órgano, le requirió se le informara sobre “qué se ha hecho” y “a quiénes”; y, el 12 de noviembre de 2009, le indicó no haber recibido respuesta a su requerimiento de información y que no puede concebir que de sus numerosas denuncias no se haya arribado a ningún resultado.

2) RESPUESTA: Con fecha 11 de diciembre 2009, el Jefe de la Unidad de Inspección de Oficio de la Dirección del Trabajo, a través de su correo electrónico institucional, le...

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