Decisión nº C1328-12, de Consejo de Transparencia de 7 de Diciembre de 2012 - Doctrina Administrativa - VLEX 539898318

Decisión nº C1328-12, de Consejo de Transparencia de 7 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2012
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Correos Electrónicos
MateriaGestión de Personas
TemaTrabajo

DECISIÓN AMPARO ROL C1328-12

Entidad pública: Ministerio de Obras Públicas (MOP)

Requirente: Exequiel Santos Lobos

Ingreso Consejo: 06.09.2012

En sesión ordinaria N° 395 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de diciembre de 2012, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1328-12.

VISTOS:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de julio de 2012, don Exequiel Santos Lobos solicitó al Ministerio de Obras Públicas (en adelante el Ministerio), copia digital de los expedientes de las Resoluciones SOP N° 2.153 de 2012 y N° 2.154 de 2012, incluyendo todos los antecedentes mencionados en ellas, entre otros, la oferta de Pilar Sordo y los emails que aparecen citados.

2) RESPUESTA: Luego de haber hecho uso de la facultad de prorrogar el plazo de respuesta, conforme al artículo 14 de la Ley de Transparencia, el Ministerio contestó dicha solicitud, mediante correo electrónico de 5 de septiembre de 2012, adjuntando copia de los siguientes documentos:

a) Resolución (E) N° 2.153, de 2012, del Jefe de la División de Administración y Secretaría General de la Subsecretaría de Obras Públicas, que autoriza el trato directo y acepta oferta por la contratación de charla motivacional a cargo de la Sicóloga y Escritora Sra. Pilar Sordo, para funcionarios de la Subsecretaría Obras Públicas.

b) Resolución (E) N° 2.154, de 2012, del Jefe de la División de Administración y Secretaría General de la Subsecretaría de Obras Públicas, que autoriza el trato directo y acepta oferta por la contratación de charla motivacional a cargo de la Sicóloga y Escritora Sra. Pilar Sordo, para funcionarios de los “Servicios MOP”.

c) Trece órdenes de compra desde la N°1995-29-SE12 a la N°1995-41-SE12, relativas a las charlas motivacionales de la Sra. Pilar Sordo.

d) Formularios de solicitud de requerimientos de productos y/o servicios N°s 12 y 13, de la Jefa de la Unidad de Capacitación SOP/DGOP y su autorización.

e) Certificados de disponibilidad presupuestaria N° 237 y N° 238.

f) Oficio ORD. N° 1.401, de 17 de mayo de 2012, a través del cual la Jefa de la División de Recursos Humanos del Ministerio invita a la Sra. Pilar Sordo a presentar oferta de conferencia denominada “Rol de la emoción en el liderazgo de la Organización”

3) AMPARO: El 6 de septiembre de 2012, don Exequiel Santos Lobos dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Ministerio, fundado en no haber recibido la totalidad de la información requerida. Agregó que el Ministerio no incluyó en su respuesta todos los antecedentes citados en las resoluciones mencionadas en la solicitud de acceso, entre otros, los emails que aparecen citados en ellas, ni la oferta de doña Pilar Sordo.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo, trasladándolo al Subsecretario de Obras Públicas, mediante oficio N° 3.649, de 5 de octubre de 2012, quien a través de la Jefa de Unidad de Relación Ciudadana y Gestión de Información Ministerial presentó sus descargos y observaciones por medio del oficio ORD. N° 2.882, del 23 de octubre de 2012, señalando –en síntesis– que por una omisión involuntaria, ese servicio no incluyó en la oportunidad requerida, la oferta de la Sra. Pilar Sordo y los antecedentes fundantes de su contratación, por lo cual se allana y adjunta “sólo en consideración a que dichos antecedentes forman parte integrante de las resoluciones que autorizaron el trato directo y aceptan oferta para la contratación de la Charla Motivacional de la profesional en comento, y que éstos tienen una conexión directa y esencial con los referidos actos administrativos”. Se adjuntaron –entre otros– los siguientes documentos:

a) Resolución (E) N° 1.758/2012, que acredita la personería de la Jefa de Unidad de Relación Ciudadana y Gestión de Información Ministerial para representar al Sr. Subsecretario;

b) Extracto de correo electrónico enviado por la representante en Chile de doña Pilar Sordo, que contiene la confirmación de la realización de las charlas, el valor de las mismas, junto a los días y horarios para su realización, entre otros asuntos;

c) Extracto de correo electrónico enviado por la Jefa de la Unidad de Capacitación de la Subsecretaría;

d) Extracto de correo electrónico enviado por el Jefe de la División de...

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