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Decreto núm. 1524, publicado el 21 de Enero de 1997. PROMULGA ACUERDO DE COLABORACION CULTURAL CON LA REPUBLICA ITALIANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA ACUERDO DE COLABORACION CULTURAL CON LA REPUBLICA ITALIANA

Núm 1.524.- Santiago, 21 de octubre de 1996.- Vistos: Los artículos 32, Nº 17, y 50, Nº 1), inciso segundo, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 18 de abril de 1991 los Gobiernos de la República de Chile y de la República Italiana suscribieron, en Roma, el Acuerdo de Colaboración Cultural.

Que dicho Acuerdo se adoptó en el marco del Acuerdo Básico de Cooperación Económica, Industrial, Científico-Tecnológica, Técnica y Cultural, suscrito en Santiago el 8 de noviembre de 1990 y publicado en el Diario Oficial de 4 de febrero de 1994.

D e c r e t o:

Artículo único

Promúlgase el Acuerdo de Colaboración Cultural, suscrito entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana el 18 de abril de 1991; cúmplase y llévese a efecto como ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- José Miguel Insulza, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Cristián Barros Melet, Embajador, Director General Administrativo.

ACUERDO DE COLABORACION CULTURAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA ITALIANA

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Italiana, convencidos que las relaciones culturales entre ambos Países deben merecer la máxima atención y el más preferente trato, dado el profundo vínculo que existe entre ellos, y teniendo en cuenta que el fomento de la cultura ha de redundar en beneficio recíproco y de la comunidad espiritual de la que forma parte; animados del propósito de poner a contribución todos los medios posibles para el mejor conocimiento mutuo, para contactos más estrechos y para una cooperación más amplia en el sector cultural y en conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo Básico de la Cooperación Económica, Industrial, Científico-Tecnológica, Técnica y Cultural suscrito en Santiago el 8 de noviembre de 1990, en especial lo establecido en su artículo XIV, han decidido concluir el siguiente Acuerdo Cultural:

Art. 1.- El presente Acuerdo tiene como objetivo el de promover y realizar actividades que favorezcan el conocimiento mutuo de las culturas de ambos Países.

Ambos Países desarrollarán el citado conocimiento mutuo mediante actividades de cooperación en el campo cultural, artístico y educativo.

Asimismo, de común acuerdo y en la medida de sus...

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