Decreto 166 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS, AL VEHÍCULO DE PROPIEDAD DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239594578

Decreto 166 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS, AL VEHÍCULO DE PROPIEDAD DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS, AL VEHÍCULO DE PROPIEDAD DE LA COMISIÓN CHILENA DE ENERGÍA NUCLEAR

Núm. 166 exento.- Santiago, 14 de mayo de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº6 y 35 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº302, de 1960, del Ministerio de Hacienda; el decreto ley Nº799, de 1974; el decreto supremo Nº19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el Oficio Circular Nº26, de 15 de abril de 2003, de los Ministros de Hacienda y del Interior; el Oficio Nº35.593, de 8 de noviembre de 1995, y en la resolución Nº1.600, de 30 de octubre de 2008, ambos de la Contraloría General de la República; en uso de las facultades que me confiere la ley, y

Considerando:

  1. Que, la Comisión Chilena de Energía Nuclear, necesita disponer de un vehículo para el ejercicio de las funciones del Director Ejecutivo de la institución.

  2. Que, el vehículo de que disponía el mencionado servicio para el ejercicio de las funciones de su autoridad superior, contaba con la correspondiente autorización de circulación para los días sábado en la tarde, domingo y festivos, así como la exención de la obligación de usar el disco distintivo estatal, de acuerdo con lo establecido en el decreto exento Nº30 de 19 de marzo de 2004, del Ministerio de Minería.

  3. Que, mediante resolución exenta de administración Nº16, de fecha 16 de marzo de 2009, de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, el vehículo para el cual se había aprobado la autorización referida en el punto anterior fue dado de baja con enajenación en venta directa, debido a fallas frecuentes sufridas por su uso, las cuales encarecían su mantención.

  4. Que, la Comisión Chilena de Energía Nuclear, por medio de oficio Nº1.18/064 de 16 de abril de 2009, solicitó a esta Secretaría de Estado dictar el decreto correspondiente para autorizar el nuevo vehículo que más adelante se individualiza, a circular los días sábado en la tarde, domingo y festivos y además de eximirlo de la obligación de usar el disco distintivo estatal.

  5. Que, en lo que respecta a la autorización para circular los días sábado en la tarde, domingo y festivos, el Director Ejecutivo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear habitualmente debe cumplir compromisos que implican el uso del vehículo estatal, dado que permanentemente debe trasladarse los fines de semana y a veces los días festivos, a los Centros Nucleares...

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