Decreto 121 - DELEGA EN FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, LA FACULTAD PARA CELEBRAR LOS CONTRATOS QUE INDICA Y DICTAR SUS CORRESPONDIENTES ACTOS ADMINISTRATIVOS DE APROBACIÓN - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238660774

Decreto 121 - DELEGA EN FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, LA FACULTAD PARA CELEBRAR LOS CONTRATOS QUE INDICA Y DICTAR SUS CORRESPONDIENTES ACTOS ADMINISTRATIVOS DE APROBACIÓN

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

DELEGA EN FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, LA FACULTAD PARA CELEBRAR LOS CONTRATOS QUE INDICA Y DICTAR SUS CORRESPONDIENTES ACTOS ADMINISTRATIVOS DE APROBACIÓN

Núm. 121.- Santiago, 7 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6, 7, 24, 32 Nº6, de la Constitución Política de la República; decreto con fuerza de ley Nº161, de 1978, que fija el Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores; artículos 1, 2, 5, 8, inciso 2, 22, 23, 24, 29 y 35 del decreto con fuerza de ley Nº1/19.653, de 2000, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; artículo 3 de la ley Nº19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado los Actos de la Administración Pública; ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por el decreto supremo Nº250, de Hacienda, de 2004; y resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

  1. - Que el Ministerio de Relaciones Exteriores es la Secretaría de Estado encargada de la planificación, dirección, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que formule el Presidente de la República;

  2. - Que, por formar parte de la administración centralizada del Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe actuar bajo la personalidad jurídica y con los bienes y recursos del Fisco.

  3. - Que, según se desprende de lo dispuesto en el artículo 35 de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, la representación del Fisco recae en el Presidente de la República.

  4. - Que, no obstante lo anterior, los jefes superiores de los servicios centralizados pueden representar extrajudicialmente al Fisco, cuando la ley los autoriza en forma expresa, o bien cuando el Presidente de la República ha delegado en ellos o en otro funcionario de su dependencia, dicha representación.

  5. - Que no existe acto delegatorio a través del cual el Presidente de la República haya conferido atribuciones a funcionarios de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, para celebrar contratos destinados al cumplimiento de sus fines.

  6. - Que, a fin de agilizar la tramitación de los contratos necesarios para el desarrollo de las funciones de la Subsecretaría de...

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