Decreto 115 EXENTO - DENIEGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN EL ÁREA DENOMINADA 'CALABOZO', UBICADA EN LA SÉPTIMA REGIÓN DEL MAULE, PROVINCIAS DE CURICÓ Y TALCA, COMUNAS DE CURICÓ Y MOLINA, EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY Nº19.657. - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239801802

Decreto 115 EXENTO - DENIEGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN EL ÁREA DENOMINADA 'CALABOZO', UBICADA EN LA SÉPTIMA REGIÓN DEL MAULE, PROVINCIAS DE CURICÓ Y TALCA, COMUNAS DE CURICÓ Y MOLINA, EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY Nº19.657.

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

DENIEGA CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA, A LA EMPRESA NACIONAL DE GEOTERMIA S.A., EN EL ÁREA DENOMINADA "CALABOZO", UBICADA EN LA SÉPTIMA REGIÓN DEL MAULE, PROVINCIAS DE CURICÓ Y TALCA, COMUNAS DE CURICÓ Y MOLINA, EN VIRTUD DEL ARTÍCULO 14 DE LA LEY Nº19.657.

Núm. 115 exento.- Santiago, 2 de abril de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº32, de 22 de abril de 2004, modificado por decreto supremo Nº224, de 2008, ambos del Ministerio de Minería; lo dispuesto en el decreto supremo Nº142, de 28 de abril de 2000, del Ministerio de Minería, que Identifica Fuentes Probables de Energía Geotérmica, y su modificación, dispuesta por decreto supremo Nº78, de 14 de marzo de 2001, del Ministerio de Minería; el decreto supremo Nº25, de fecha 28 de enero de 2002, del Ministerio de Minería, publicado en la edición del Diario Oficial del día 6 de agosto de 2002; el decreto supremo Nº55, de fecha 2 de agosto de 2004, del Ministerio de Minería, publicado en la edición del Diario Oficial del día 28 de octubre de 2004; la presentación ingresada con fecha 30 de noviembre de 2005, de los señores José Manuel Soffia y Fernando Ramírez Morales; la copia autorizada de la escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2004 suscrita ante don Felipe Silva Zaldívar, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, Titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, anotada bajo el Repertorio Nº17.925/2004; la solicitud de concesión de explotación de energía geotérmica, en ejercicio del derecho exclusivo contemplado en el artículo 14 de la Ley Nº19.657, presentada con fecha 4 de agosto de 2008 por la Empresa Nacional de Geotermia S.A.; el Informe de la Unidad Técnica de Geotermia y Contratos Especiales de Operación de Hidrocarburos, del Ministerio de Minería, de fecha 15 de diciembre 2008; lo solicitado a la Comisión Nacional de Energía, mediante oficio Nº1.879, de 23 de diciembre de 2008, y su respuesta remitida por oficio Nº118, de fecha 30 de enero 2009; lo acordado por el Comité de Análisis de Energía Geotérmica, que consta en el Acta de fecha 6 de febrero de 2009; el decreto supremo Nº131, de 26 de diciembre de 2002, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por Orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica; y la resolución Nº1.600, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, mediante...

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