Decreto núm. 249, publicado el 08 de Mayo de 2010. APRUEBA CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE CON EL BIRF
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA CONVENIO DE COOPERACIÓN FINANCIERA NO REEMBOLSABLE CON EL BIRF
Núm. 249.- Santiago, 26 de febrero de 2010.- Vistos: El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; el artículo 9 numeral 9.1.3. de la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y el D.L. Nº 2.349, de 1978.
Considerando:
-
- El Convenio Constitutivo del Banco Mundial, promulgado por la Ley Nº 8.403, de 1945.
-
- El Fondo de Desarrollo Institucional, aprobado por el Directorio Ejecutivo del Banco Mundial el 16 de junio de 1992,
Decreto:
-
- Apruébase el Convenio de Cooperación Financiera No Reembolsable Nº TF095785, cuyos recursos serán destinados al Proyecto de Fortalecimiento del Consejo para la Transparencia de Chile para el Mejoramiento de la Transparencia y Rendición de Cuentas, celebrado entre la República de Chile y el Banco Mundial (BIRF), en su calidad de Administrador del Fondo de Desarrollo Institucional, por la suma de hasta US$415.000.- (Cuatrocientos quince mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas, cuyo tenor es el siguiente:
VER DIARIO OFICIAL DE 08.05.2010, PÁGINAS 6-8.
-
- El financiamiento correspondiente a la contraparte nacional se efectuará con cargo a los recursos que se contemplen en las leyes de presupuestos para los años respectivos.
-
- Autorízase...
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