- Doctrina Administrativa - VLEX 527390866

Fecha de Resolución20 de Junio de 2003

Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios. Oficio N° 3090 de 20 de Junio de 2003.

Utilización como crédito fiscal de sumas reintegradas en arcas fiscales en razón de haber obtenido una devolución de IVA exportadores improcedente, extemporánea o superior a la que correspondía.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional presentación indicada en el antecedente, por medio de la cual solicita un pronunciamiento en relación a que se determine si es procedente, una vez reintegrada una suma que ha sido indebidamente percibida como consecuencia de una devolución anticipada de IVA exportadores, que dichas cantidades puedan ser utilizadas como crédito fiscal del período, según las reglas generales, ello de conformidad a las normas establecidas por el artículo 8° del D.S. de Economía N° 348, de 1975.

    Señala que el Servicio de Impuestos Internos procedió a liquidar a la empresa XXXXXXX por devoluciones anticipadas de IVA exportador que había obtenido, toda vez que consideró que el contribuyente realizó ventas internas al realizar una operación de Lease-Back. Esta liquidación fue reclamada, sin embargo, debido al tiempo transcurrido a XXXXXXX le es más rentable restituir las sumas que le fueron devueltas en la medida que le sea reconocido el derecho a utilizar el crédito fiscal relacionado con operaciones internas afectas.

    Según el parecer del consultante le asiste el derecho de que, una vez restituidas las sumas devueltas anticipadamente, éstas cantidades se constituyan nuevamente en crédito fiscal, ya que, a su juicio, no se estaría en presencia de reembolsos improcedentes, entendiendo por tal aquel inexistente, esto es, aquel que tiene su origen en operaciones falsas, exentas o no afectas, toda vez que la operación de Lease-Back que impediría la recuperación anticipada de los créditos se encontraba gravada con IVA, el cual fue enterado en arcas fiscales.

    En consecuencia, el contribuyente solicita se precise si una vez que reintegre las devoluciones anticipadas de IVA exportador renacerá para él el derecho a utilizar el crédito fiscal de acuerdo con las reglas generales de este impuesto, y de que manera y plazos el fisco hace efectivo el aludido crédito fiscal para el contribuyente una vez efectuados los reintegros. Asimismo, se solicita se aclare en que casos se puede considerar que un contribuyente ha obtenido reembolsos improcedentes y si específicamente en el caso particular, por el hecho de haberse realizado una venta interna, se está en...

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