- Doctrina Administrativa - VLEX 527390350

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2003

Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios. Oficio N° 6606 de 23 de Diciembre de 2003.

Procedencia de emitir nota de débito para regularizar situación de contribuyente que, a su juicio, vio afectado su remanente de crédito fiscal al ser objetada por este Servicio a su contraparte, nota de crédito emitida por ésta y asociada a la prestación de servicios administrativos.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional su oficio del antecedente, mediante el cual solicita un pronunciamiento respecto de la procedencia de emitir nota de débito para regularizar situación de contribuyente que vio afectado su remanente de crédito fiscal al ser objetada por este Servicio a su contraparte, nota de crédito emitida por ésta.

    Señala que de la verificación efectuada por el Departamento XXX a la solicitud presentada por la empresa A, relativa a rectificar el formulario 29 y solicitar devolución de la diferencia de impuesto al Valor Agregado pagado en exceso, han surgido dudas en torno a la aplicación de las normas que regulan la operatoria de notas de crédito y notas de débito, lo cual es determinante para resolver acerca de la procedencia o improcedencia de la petición. Por tal razón, es que se ha estimado necesario solicitar pronunciamiento a esa Subdirección, al tenor de los antecedentes que se exponen.

    La empresa A. es filial de la empresa B. Esta última, en su calidad de sociedad matriz, prestó durante el año comercial 1999, en forma continua, servicios administrativos a la primera.

    Según se consigna en la petición de la empresa filial, en el mes de Diciembre de 1999, la sociedad matriz efectuó una rebaja de valores que había cobrado a diversas filiales, emitiéndoles por ese concepto las respectivas notas de crédito. Al momento de emitir los documentos, la empresa matriz habría devuelto la parte del dinero pagado por las filiales por los servicios administrativos prestados.

    Las empresas que recibieron las notas de crédito, registraron en su libro de compras estos documentos, procediendo a rebajar el crédito fiscal correspondiente y disminuyendo en su contabilidad el gasto asociado a estos servicios.

    Posteriormente, la casa matriz fue objeto de revisión por parte de la Unidad de Talcahuano, dependiente de la VIII Dirección Regional de este Servicio, producto de la cual se determinaron diferencias por impuestos mensuales y anuales en su contra, mediante liquidaciones N°s XX a N° XX, de 30/1/2002, las que fueron notificadas con la misma fecha. De acuerdo a los antecedentes contenidos en dichas liquidaciones, las diferencias corresponden a la emisión y contabilización de las notas de crédito del período Diciembre de 1999 emitidas a sus empresas filiales, dentro de las cuales se encontraba la nota de crédito N° XY, de 24/12/1999, impugnada por el Servicio y emitida al contribuyente.

    Las liquidaciones se fundamentan en que las notas de crédito fueron emitidas en forma extemporánea, en el entendido que no es procedente rebajar servicios administrativos, dado que éstos fueron efectuados.

    Ahora bien, el contribuyente registró en su libro de compras la Nota de Crédito N° XY, de fecha 24/12/1999, impugnada a su...

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