La Politicidad humana - Summary - Manual de Derecho Político. Instituciones Políticas. Tomo I - Libros y Revistas - VLEX 318971983

La Politicidad humana

AutorMario Verdugo Marinkovic - Ana María García Barzelatto
Cargo del AutorProfesor de Derecho Político y Derecho Constitucional, Universidad de Chile - Profesor de Derecho Político y Derecho Constitucional , Universidad de Chile
Páginas33-52
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9. “EL HOMBRE, ANI MAL POLÍT ICO
Destacábamos, en un párrafo inicial, la
dimensión social del hombre: “el hombre
es sociable por naturaleza”. Los individuos
nunca vivieron solos, sino que siempre con-
vivieron. No hay estados presociales.
Ahora bien, ¿puede sostenerse con igual,
certeza la naturaleza política del hombre?
En otros términos, ¿puede vivir en sociedad
sin organización política? ¿Existe una etapa
prepolítica?
Estas interrogantes, a pesar de ser con-
temporáneas a los filósofos de la antigüedad,
no tienen en nuestros días una respuesta
definitiva, y los planteamientos que en uno
y otro sentido se formulan no están exentos
de carga ideológica.
Aristóteles es el primer expositor de la
politicidad natural del hombre y su célebre
sentencia “el hombre es un animal político”
(zoon politikon) tiene un alcance y proyección
no siempre bien comprendidos.1
A Aristóteles no le faltaban en su idio-
ma vocablos suficientes para expresar la
sociabilidad del hombre si su propósito
sólo hubiere sido ése. Pero, como aparece
de manifiesto en su obra, para Aristóteles
lo privativo del hombre no es el appetitus
societatis, sino que su manera de convivir
con sus semejantes en esa forma de asocia-
ción tan concreta que fue la polis. Es decir,
el hombre no puede vivir en sociedad sin
forma de organización política.
Su otra sentencia –tan divulgada como
la anterior–, “sólo una bestia o un dios
1 Es frecuente encontrar en las traducciones de
la Política la locución animal social en lugar de animal
político.
puede vivir fuera de la polis”, también debe
entenderse literalmente. No es por falta
de sociabilidad que las bestias y los dioses
están excluidos de la polis, sino porque las
asociaciones vigentes entre las unas y los
otros son bien distintas, por los caracteres
que respectivamente les atañen, de esta
forma de vida tan única que es la polis:
organización en que intervienen tanto
la razón como la coacción, y que, por lo
primero, excluye a los entes inferiores, y
por lo segundo, a los que son superiores.
Para vivir fuera de la polis es necesario ser
menos que un hombre (una bestia) o más
que un hombre (un dios). Pero el ámbito
natural de la vida del hombre es la polis.
Sólo en ella llega a ser el que en principio
y potencia es.2
El planteamiento aristotélico ha contado
en todas las épocas con entusiastas seguido-
res (Polibio, San Agustín, Santo Tomás, los
organicistas). En el presente, los estudiosos
de la política –al margen de las conclusio-
nes de los antropólogos– admiten que el
hombre no sólo es sociable, sino político;
que la convivencia en que se sustenta su
sociabilidad tiene que ser, necesariamente,
política. “Porque si los hombres conviven,
si los hombres están juntos, necesitan una
ordenación, una dirección, un gobierno.
Y con esta necesidad aparece el principio
político que informa la vida societaria. La
convivencia social se politiza, porque de otra
2
En este punto hemos seguido la nota introductora
de ANTONIO GÓMEZ ROBLEDO (Política, Universidad
Nacional Autónoma de México, 1963). Una versión
con mayor proyección a lo social que a lo político
se halla en la introducción de Julián Marías, para su
traducción al clásico aristotélico (Instituto de Estudios
Políticos, Madrid, 1961).
Sección Tercera
LA POLITICIDAD HUMANA
9. “El hombre, animal político”.
10. La hipótesis contractu alista.
11. El punto de vista antropológico y soc iológico.
12. Las formas pol íticas en el devenir hist órico.
13. Especies de formas polític as.
14. La forma política moderna: el E stado.
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Manual de Derecho Político
manera se disolvería, sería caos, anarquía,
desorden; simplificando la noción, diríamos,
para hacer plenamente comprensible la
idea, que la convivencia social no puede
prescindir de una jefatura, de una dirección,
de un rectorado. Con ello aparece ya la po-
liticidad; al erigir un mando, un gobierno,
la convivencia social se torna política; en
cuanto ese mando y ese gobierno tienen a
su cargo la regencia de los hombres y pro-
curan algún yunque, es común a la misma
totalidad: fin público”.3
10. LA HIPÓTESIS CONT RACTUALI STA
La posición opuesta a la corriente aris-
totélica está representada por la doctrina
“contractualista” o del “pacto social”, que
tuvo precursores en la antigüedad entre
algunos sofistas y estoicos, pero que logra
su mejor expresión a partir del siglo XVII
en las obras de Hobbes y Locke, para pro-
yectarse, más adelante, con Rousseau.4
Al margen de las numerosas diferen-
cias entre los autores citados, hay un punto
común a todos ellos: describen una etapa
prepolítica de la sociedad.
En efecto, mientras la corriente aristotéli-
ca sostiene que el nacimiento de la sociedad
y la organización política son simultáneos, los
contractualistas afirman que habría existido
una etapa llamada “estado de naturaleza”,
sin politicidad. Sólo posteriormente, por obra
de la voluntad y del acuerdo humano, se
habría celebrado el “pacto” o “contrato so-
cial”, en virtud del cual la convivencia social
queda políticamente organizada.
No todos los contractualistas conciben
el “estado de naturaleza” en los mismos
términos. Para Hobbes, por ejemplo, el es-
tado de naturaleza, previo a la constitución
de la sociedad política, sería un estado de
lucha general, de “guerra de todos contra
todos”. Locke, en cambio, no tiene una
visión tan pesimista del estado prepolíti-
3
BIDABT CAMPOS, JORGE, Derecho Político, Editorial
Aguilar, Buenos Aires, 1967, p. 194.
4 Ver textos complementarios atinentes a párrafo
10 p. 45.
co. El “sentido común”, inherente a todo
hombre, contribuye a que éste supere los
conflictos de intereses que se originan en la
vida social. Finalmente, la visión de Rousseau
es francamente optimista: “El hombre es
bueno por condición natural y solamente
las circunstancias histórico-sociales inade-
cuadas a la exigencia de su naturaleza le
han viciado”.
La diferente concepción que tienen los
contractualistas delestado naturaleza” explica
consecuentemente el carácter que atribuyen
al poder político emergido del “pacto social”.
Hobbes –el pesimista– postula por un go-
bierno autocrático; su doctrina sostiene con
energía máxima el principio de la monarquía
absoluta. Su pensamiento se sintetiza en la
máxima: “Gobierno absoluto o caos”.
Locke –el ecléctico– sostiene que en el
“pacto” hay una reserva de derechos para
los particulares, de tal modo que solamente
se delega en el poder político aquella parte
de libertad que es indispensable ceder para
salvaguardar el resto. La monarquía consti-
tucional constituye su fórmula política.
La concepción idílica de Rousseau cie-
rra el cuadro contractualista: del estado de
naturaleza se pasa a la sociedad, como si los
hombres vivieran en el estado de naturale-
za, a la erección de un poder que no es el
de un hombre, que se impone a todos los
demás con facultades soberanas derivadas
del pacto, sino que es el poder de la ley,
expresión de la “voluntad general”. ¿Cuál
es su expresión política? Para algunos la
democracia directa; para otros, el absolu-
tismo democrático.
Un enfoque, obviamente diferente, pero
que tiene de común con el contractualismo
el hecho de concebir una etapa prepolítica,
corresponde al marxismo. Así, para Marx y
Engels, la organización política sólo emerge
cuando la sociedad se escinde en clases.
Expresa Engels que el Estado es un pro-
ducto de las sociedades económicamente
evolucionadas, en las que la propiedad y
los privilegios están distribuidos en forma
desigual. Estas sociedades son complejas,
divididas en clases. La más elevada de ellas
es la clase rectora, y se designa clase superior
en virtud de su posición social y política, que

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