Concepto de Acto Jurídico y su clasificación
Autor | Rodrigo Barcia Lehmann |
Cargo del Autor | Doctor en Derecho Privado. Profesor de Derecho Civil, Universidad de Talca |
Páginas | 19-31 |
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§ 1. Introducción a las fuentes
de las obligaciones
1. Introducción. Uno de los posibles
efectos del acto jurídico, cual es crear obli-
gaciones, lo vincula con las fuentes de las
obligaciones. Esta vinculación hace necesario
referirse someramente a las fuentes de las
obligaciones. Así, para poder entender el
acto jurídico y luego los contratos, se hará
una muy breve introducción a las fuentes
de las obligaciones y las obligaciones.1
2. Fuentes de las obligaciones. Antes de
entrar a analizar las fuentes de las obligacio-
nes es necesario señalar lo que se entiende
por una obligación.
La obligación es el vínculo jurídico por
el cual una persona llamada deudor o sujeto
pasivo se encuentra en la necesidad de dar,
hacer o no hacer algo en favor de otra per-
sona llamada acreedor o sujeto activo.2
A su vez, las fuentes de las obligaciones
son los hechos de que proceden las causas
que las generan y ellas están señaladas en
los artículos 578, 1437 y 2284 del C.C. Con-
forme a estas disposiciones, son fuentes de
las obligaciones en el Derecho Civil chileno
las siguientes:
a) El contrato.
b) El cuasicontrato.
1 Es del caso señalar que esta materia se tratará
en detalle más adelante, pero como este libro será
utilizado por estudiantes de Derecho, para facilitar
el aprendizaje y entendimiento del acto jurídico he
optado por hacer esta breve referencia a las fuentes
de las obligaciones, que por lo demás considero in-
dispensable para entender el acto jurídico.
2 Vid. Nº 1, § 1, capítulo X, sección tercera del
tomo II.
C a pí tu l o I
CONCEPTO DE ACTO JURÍDICO Y SU CLASIFICACIÓN
c) El delito y cuasidelito civil.
d) La ley.
Además, como se verá, existen fuentes
de las obligaciones no consideradas direc-
tamente por el Código Civil, como el acto
jurídico unilateral, el enriquecimiento sin
causa o el abuso del Derecho.
3. Elementos del concepto de obliga-
ción.
A. Debe existir un vínculo jurídico san-
cionado por el ordenamiento jurídico.
B. Existencia de sujetos determinados
o determinables, es decir, un sujeto activo
o acreedor y pasivo o deudor.
C. Debe existir una prestación que pue-
de consistir en un dar o hacer (obligación
positiva) o en un no hacer (obligación ne-
gativa).
§ 2. Análisis del acto jurídico
4. El acto jurídico dentro de la clasifi-
cación de los hechos jurídicos. No todos
los hechos tienen relevancia jurídica. Los
hechos jurídicos se diferencian de los hechos
simples o materiales, que son aquellos que
no producen consecuencias jurídicas y son
por tanto irrelevantes para el Derecho.
Los hechos jurídicos producen conse-
cuencias jurídicas y, conforme a su fuente,
es posible distinguir los siguientes:
A. Hechos jurídic os propiamente tales o de
la naturaleza. Son aquellos que tienen su
origen en la naturaleza y que producen
ciertas consecuencias jurídicas, como el
nacimiento o la muerte, el transcurso del
tiempo para los efectos de la prescripción
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