Dictamen nº 20891 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 1997 - Doctrina Administrativa - VLEX 239562982

Dictamen nº 20891 de Contraloría General de la República, de 3 de Julio de 1997

jubilado de la ex caja de prevision de los empleados municipales que desde el 19/10/49 hasta el 28/1/85, se desempeno como funcionario en municipalidad de santiago, y que desde esta ultima data hasta el 30/9/93, fecha en que se pensiono, paso a servir sin solucion de continuidad en municipalidad de estacion central, tiene derecho en su calidad de ex funcionario de este ultimo municipio a gozar del desahucio de ley 11219, por el tiempo servido en esta ultima municipalidad. ello, porque servidores de municipalidad de santiago, imponentes obligados de la ex caja de prevision social de los empleados municipales de santiago, gozan de dos beneficios de desahucio. uno, denominado "legal", regulado por los articulos 56 y siguientes de ley 11469, antiguo estatuto de los empleados municipales de la republica, que es de cargo de esta ultima entidad, actualmente fusionada en el instituto de normalizacion previsional. el otro, llamado "reglamentario", es un regimen de desahucio especial e independiente que se rige por un reglamento aprobado para sus empleados por los acuerdos 155 y 168, de 1948, de la municipalidad de santiago y sus modificaciones, texto reglamentario que en su art/2 hace responsable de esta franquicia al empleador, el municipio, correspondiendo a la ex caja de prevision social indicada unicamente su administracion. ademas, funcionarios de municipalidad de estacion central estan afectos a la ex caja de retiro y prevision social de los empleados municipales de la republica tambien fusionada en dicho instituto, y solo tienen derecho al desahucio legal contemplado en art/46 de ley 11219. esa distribucion de desahucio legal para los empleados del sector municipal se encuentra en dto 3752/56 de interior, cuyo art/95...

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