Dictamen nº 35873 de Contraloría General de la República, de 20 de Agosto de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 239398474

Dictamen nº 35873 de Contraloría General de la República, de 20 de Agosto de 2003

Nº 35.873 Fecha: 20-VIII-2003

Se ha dirigido a esta Contraloría General don J.D.R, solicitando la reapertura de un sumario administrativo instruido en su contra, al cabo del cual le fue aplicada la medida disciplinaria de "multa del 20% de su remuneración mensual", por haber realizado intervenciones quirúrgicas no autorizadas en el Hospital de Constitución, sin derivar a los pacientes al Hospital de Talca, como legalmente correspondía, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 77 del decreto supremo Nº 42, de 1986, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.

Señala el recurrente que durante la tramitación del sumario se incurrió en vicios de procedimiento que tuvieron una influencia decisiva en los resultados del mismo y que afectarían la legalidad de la medida disciplinaria que le fue aplicada, ya que el procedimiento estaría viciado, razón por la cual procedería su reapertura para enmendar dichos vicios.

Agrega el señor J.D.R que existen hechos nuevos que no fueron ponderados en su momento, como las testimonios de los pacientes señores P.A.L.S y J.L.S.F, copia de cuyas declaraciones juradas ante notario acompaña a su presentación, las que demostrarían que su intervención profesional fue correcta.

Asimismo, el peticionario hace referencia a una conversación que habría sostenido con el ex Juez de Letras de Constitución, don A.B.G, quien estaría dispuesto a declarar en caso de reapertura del sumario, para aportar antecedentes respecto de las verdaderas causas de la denuncia que dio origen al sumario sustanciado en su contra.

También, don J.D.R hace alusión a un fallo de la Corte de Apelaciones de Talca, que rechazó por extemporáneo un recurso de protección interpuesto por él contra el Jefe del Servicio de Salud del Maule, doctor R.S.P, en cuyo considerando 2° se manifiesta que "sólo se puede privar a un funcionario público de su empleo legalmente aceptado, por medio de un sumario administrativo tramitado de acuerdo a la ley y del cual la Contraloría Regional debe tomar razón, sin cuya autorización carece de toda eficacia legal.

En primer lugar, antes de entrar a estudiar el fondo del asunto, cabe señalar que, de acuerdo a la reiterada jurisprudencia administrativa emanada de este Organismo Fiscalizador, la reapertura de un sumario administrativo puede ordenarse mientras se encuentre en tramitación o luego de aplicada la medida disciplinaria. En un primer caso, la autoridad que dispuso su...

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