Dictamen nº 17545 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2001 - Doctrina Administrativa - VLEX 239394438

Dictamen nº 17545 de Contraloría General de la República, de 11 de Mayo de 2001

Nº 17.545 Fecha: 11-V-2001

Se han dirigido a esta Contraloría General, don F.B y G.H., reclamando -la primera- por la negativa de la Municipalidad de Recoleta de otorgarle una patente definitiva para el funcionamiento de un taller de fabricación de módulos de madera, ubicado en el Pasaje Los Jacintos Nº 180 de esa comuna y -la segunda denunciando que el ejercicio de esa actividad en el inmueble mencionado, contraviene las disposiciones que regulan la materia.

Requerido informe sobre el particular, la Municipalidad de Recoleta, mediante oficios N°s 1.100/127, 1.100/109 y 1.830/190, todos del año 2000, ha manifestado que don F.B., propietario del taller en comento, solicitó el otorgamiento de una patente definitiva para el funcionamiento de éste, la cual le fue negada, por cuanto no contaba con la recepción definitiva de la ampliación del inmueble, cuya regularización habría sido rechazada por no cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Nº 19.583.

En primer término, cabe manifestar que de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, se infiere que por Decreto Nº 473, de 1998, la Municipalidad de Recoleta autorizó el funcionamiento del taller mencionado en el Pasaje Los Jacintos Nº 180, con una patente provisoria otorgada por 6 meses, debiendo tenerse presente que se acompañó la Resolución Nº 24.381, de 1997, del Servicio de Salud del Ambiente, que informa favorablemente el ejercicio de esa actividad en el citado inmueble. Posteriormente, con fecha 16 de julio de 1999 y a solicitud del recurrente, el municipio otorgó el certificado de regularización Nº 141 -de la obra en cuestión- el que, un año después, fue anulado, por cuanto no se habrían cumplido los requisitos establecidos en la Ley Nº 19.583 y, luego, se negó a otorgar la patente definitiva solicitada por el señor F.B., entre otras razones, por no contar con la recepción definitiva del inmueble.

Sobre la materia, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, que aprueba la Ley de Rentas Municipales y a lo manifestado en la reiterada jurisprudencia de este Organismo Superior de Control, las municipalidades no se encuentran facultadas para negar el otorgamiento de patentes definitivas, en la medida que se cumpla con todos los requisitos establecidos por las leyes para el desarrollo de la actividad de que se trate. (Aplica criterio contenido en el dictamen Nº 45.459, de 2000, entre otros).

Asimismo, respecto a la anulación del...

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