Dictamen nº 31205 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 1990 - Doctrina Administrativa - VLEX 239309354

Dictamen nº 31205 de Contraloría General de la República, de 12 de Noviembre de 1990

actualmente los oficiales de carabineros que esten al mando de reparticiones o unidades deben rendir fianza acorde ley 10336 art/68, aun cuando la administracion de fondos que les este encomendada en razon de sus funciones sea ejercida conjuntamente con oficiales de intendencia, porque derogacion del dl 983/75 por ley 18903 trajo como consecuencia la abrogacion del art/12 del dto 251/81, reglamento de cauciones de carabineros, norma que, fundada en ese dl, eximia del deber de rendir fianza del art/68 citado a los oficiales que estuvieran en la situacion descrita, cuando la administracion de los fondos que les estaba encomendada fuera ejercida conjuntamente con oficiales de intendencia, quedando solo estos ultimos...

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