Dictamen nº 18405 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 1985 - Doctrina Administrativa - VLEX 239307506

Dictamen nº 18405 de Contraloría General de la República, de 7 de Agosto de 1985

cuando establecimiento asistencial se ha inscrito en el sistema medico de libre eleccion en forma separada del profesional que es su propietario, debe quedar registrado en el mismo nivel que aquel. esto, porque ley 16781 art/6 inc/3, agregado por dl 2575/79 art/2 y dto 31/85 salud art/1, permiten que se inscriban en fondo nacional de salud tanto personas naturales como juridicas (cual es el caso de las sociedades de profesionales), como establecimientos que no poseen esa personalidad, todos los cuales, segun dto 31/85 salud art/9, pueden elegir libremente registrarse en niveles que...

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