Dictamen nº 49960 de Contraloría General de la República, de 7 de Noviembre de 2003 - Doctrina Administrativa - VLEX 238967538

Dictamen nº 49960 de Contraloría General de la República, de 7 de Noviembre de 2003

N° 49.960 Fecha: 7-XI-2003

Se ha solicitado un pronunciamiento que determine si el grado académico de Licenciado en Educación con mención en Administración Educacional, otorgado por la Universidad Tecnológica Metropolitana, reviste el carácter jurídico de título profesional habilitante para ser contratado, en esa calidad, sobre la base de honorarios, en la citada Casa de Estudios Superiores.

Sobre el particular, cabe manifestar, en primer término, que el artículo 31 de Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, define al título profesional como aquel que se otorga a un egresado de un Instituto Profesional o de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional.

La misma disposición citada, señala que el grado académico de Licenciado es el que se otorga al alumno de una Universidad que ha aprobado un programa de estudios que comprende todos los aspectos esenciales de un área del conocimiento o de una disciplina determinada.

Como es dable advertir, la legislación vigente sobre la materia en estudio, distingue entre los títulos profesionales y los grados académicos de licenciado como dos certificaciones o categorías distintas, razón por la cual no es posible establecer una equivalencia general entre ambas clases de diplomas.

Así, entonces, requerido su informe, la Subsecretaria de Educación, mediante Oficios N°s. 1.423, 1.554 y 1.665, de 2003, manifiesta que, según los antecedentes enviados por la Universidad Tecnológica Metropolitana, esta Institución de Educación Superior imparte, desde el año 1999, en modalidad a distancia, el programa de Licenciatura en Educación con menciones en Administración Educacional y en Orientación Vocacional y Profesional, conducente al grado académico de Licenciado en Educación con mención, con una duración de 3 semestres y un total de 1.800 horas pedagógicas.

Luego, añade que el citado programa está dirigido a profesionales de la educación que ya se encuentran en posesión de un título profesional, por lo que el mismo constituye un postítulo y no un programa de pregrado que conduzca a la obtención de un título profesional o un grado académico equivalente.

Finalmente, expresa que el citado grado académico no cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, para los títulos profesionales, ni corresponde a aquellos grados académicos...

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