Dictamen nº 28407 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2009 - Doctrina Administrativa - VLEX 238857582

Dictamen nº 28407 de Contraloría General de la República, de 1 de Junio de 2009

N° 28.407 Fecha: 1-VI-2009

Se ha dirigido a esta Contraloría General el Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados, a instancias de la Diputada Marta Isasi Barbieri, para solicitar se informe respecto al procedimiento llevado a cabo en la designación de la nueva Directora Ejecutiva de la Agencia Regional de Desarrollo Productivo de Tarapacá, así como acerca de quiénes han sido los últimos directores de dicha entidad; la forma en que fueron elegidos; los motivos por los que no continuaron en sus cargos y el procedimiento seguido para destituirlos.

Sobre el particular, cabe expresar, en primer término, que mediante la resolución N° 3, de 5 de noviembre de 2008, del Comité Agencia Regional de Desarrollo Productivo de Tarapacá, se aprobó el contrato de trabajo suscrito entre don Pablo Valenzuela Huanca, en su calidad de Intendente Regional de Tarapacá y Presidente del Consejo Estratégico del Comité antes aludido, y doña Antonieta Sibila Rodríguez Subiabre, en virtud del cual, y con una duración indefinida, esta última ha pasado a desempeñarse como Directora Ejecutiva de la citada Agencia, a contar del 16 de octubre de 2008.

Ahora bien, dicho acto administrativo, que ingresara a la Contraloría Regional de Tarapacá el 28 de noviembre de 2008, para su examen de legalidad, fue devuelto por esa sede, a través del oficio N° 3.051, de 2008, en atención a que faltaban antecedentes del concurso público que justificaran dicha contratación. Posteriormente, y una vez reingresado a retrámite con fecha 5 de enero de 2009, con los respectivos antecedentes de respaldo, se procedió al correspondiente estudio, siendo objeto del trámite de toma de razón con fecha 19 de enero del año en curso por encontrarse ajustado a derecho.

Precisado lo anterior, y con relación al procedimiento empleado para designar a la persona individualizada como Directora de la aludida Agencia, cabe señalar que ello obedece a un proceso reglado, siendo menester indicar al respecto que mediante Acuerdo del Consejo de la Corporación de Fomento de la Producción N° 2.392, de 2006, se crearon los Comités denominados "Agencias Regionales de Desarrollo Productivo", los que se reglamentan por la resolución N° 194, de 2006, de la Corporación antedicha, y sus modificaciones, conforme a la cual el nombramiento del Director Ejecutivo está sujeto a concurso público y al cumplimiento de diversas instancias, rigiéndose por las normas del Código del Trabajo para todos los efectos legales.

En este sentido, con fecha 11 de agosto de 2008, en el Diario "La Estrella de Iquique", se publicó el llamado para postular al cargo de Director(a) Ejecutivo(a) de la Agencia...

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