Dictamen nº 78390 de Contraloría General de la República, de 27 de Diciembre de 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 237643606

Dictamen nº 78390 de Contraloría General de la República, de 27 de Diciembre de 2010

N° 78.390 Fecha: 27-XII-2010

Se ha dirigido a esta Contraloría General don Luis Rodolfo García Gutiérrez, cirujano dentista del Hospital San Juan de Dios, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, para reclamar porque dicha institución recién en el mes de agosto de 2008, separó los cargos ligados (22/28 horas), que servía desde hace 30 años, en circunstancias que, a su juicio, ese trámite debió efectuarse el día 1 de mayo del mismo año, según lo prevenido por el artículo 7° de la ley N° 20.261. Requiere, asimismo, un pronunciamiento que determine a quién le debía corresponder el pago de las cotizaciones adeudadas en los meses de mayo, junio y julio de ese año, por el cargo que no fue desvinculado en su oportunidad.

Requerido de informe, el aludido Servicio de Salud señala, en síntesis, que en el proceso de remuneraciones del mes de agosto de 2008, se hizo efectivo, según lo dispuesto por el artículo 7° de la ley N° 20.261, la separación de los cargos ligados que el citado profesional, regido por la ley N° 15.076, mantenía a ese entonces, reteniendo las imposiciones por cada uno de ellos, por no excederse del tope de 60 UF, el que sí era considerado al representar un solo cargo.

Agrega que, ante esas circunstancias, el interesado, en conocimiento de que las respectivas cotizaciones no fueron descontadas entre los meses de mayo a julio de ese año y que esa laguna perjudicaría su futura jubilación, ingresó al Instituto de Previsión Social el monto de $ 717.396.-, por la suma de las imposiciones que adeudaba, más sus respectivos intereses, reajustes y multas.

Por su parte, el referido organismo previsional expresa que a fin de resolver adecuadamente la situación del peticionario y subsanar las eventuales irregularidades, se requiere contar, entre otros documentos, con su certificado de rentas desglosadas, el que deberá contener la especificación de las fechas en que el señor García Gutiérrez tuvo cargos ligados y la data a partir de la cual dichos servicios fueron separados.

Sobre el particular, es dable anotar, en primer término, que de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista y de los que obran en poder de esta Entidad de Control aparece que el solicitante se desempeñó, desde el 1 de agosto de 1980, en cargos médicos ligados de 22/28 horas, habiendo obtenido la liberación de las guardias nocturnas mediante la resolución N° 1.284, de 1993, del Ministerio de Salud, a partir del 1 de enero de 1994, data a contar de la cual...

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