Causa nº 5274/2010 (Casación). Resolución nº 40005 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Octubre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 226092943

Causa nº 5274/2010 (Casación). Resolución nº 40005 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2010
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso5274/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veintiuno de octubre de dos mil diez.

Vistos:

Ante el Octavo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en autos rol Nº1061-2007, caratulados ?C.C.M. con C.N.A.,? juicio ordinario por despido injustificado y nulo, por sentencia de once de agosto del año dos mil nueve, escrita a fojas 148 y siguientes, el tribunal de primer grado acogió la demanda, declaró que entre las partes existió un contrato de trabajo desde el 24 de agosto de 2006 hasta el 5 de septiembre de 2007, concluyendo en esta última fecha por decisión injustificada del empleador, a quien condenó a pagar al actor, las siguientes sumas: a)$135.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo, b)$67.500 por feriado legal por quince días; c) $22.500 correspondiente a 5 días de remuneración del mes de septiembre de 2007; d) remuneraciones y cotizaciones de seguridad social hasta la convalidación del despido; e) el entero en los organismos previsionales respectivos de las cotizaciones de seguridad social adeudadas. Todas las prestaciones anteriores deben pagarse con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, sin costas.

Por resolución de veintiuno de agosto del año dos mil nueve, escrita a fojas 167, se dictó sentencia complementaria, agregándose las siguientes prestaciones que también deberán ser solucionadas: $135.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo y $67.500 por aumento del 50% de la indemnización por años de servicios.

La demandada recurrió de casación en la forma y de apelación. El recurso de nulidad formal fue declarado desierto por resolución de veintiuno de octubre del año dos mil nueve, escrita a fojas 208.

La Corte de Apelaciones de Santiago, en sentencia de diecinueve de m ayo del año en curso, que se lee a fojas 226, confirmó, sin modificaciones el fallo apelado así como la sentencia complementaria, precisando respecto de esta última, que la indemnización a que se hace referencia es por años de servicios.

En contra de este fallo, la demandada dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, a fin de que se la invalide y se dicte el fallo de reemplazo que describe.

Se declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y se trajeron estos autos en relación para conocer del de fondo.

Considerando:

Primero

Que el recurrente argumenta que la sentencia ha incurrido en errónea aplicación del inciso quinto del artículo 162 del...

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