Causa nº 4123/2010 (Casación). Resolución nº 39753 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Octubre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 226091535

Causa nº 4123/2010 (Casación). Resolución nº 39753 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Octubre de 2010

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2010
MovimientoACOGIDA CASACIÓN FONDO, ANULADA SENTENCIA DE
Rol de Ingreso4123/2010
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, veinte de octubre de dos mil diez.

Vistos:

En autos rol Nº 6320-2005 del Octavo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don A.A.L. dedujo demanda en contra de South Consulting Signature S.A., representada por don M.A.F.C., a fin que se declare que existió relación laboral con la demandada, que su despido no produce efecto alguno y ordene su reincorporación con el pago de todas las remuneraciones, cotizaciones y beneficios devengados hasta su reincorporación. En subsidio, para el caso que el empleador convalide el despido, se niegue a reincorporar o se estime que no es procedente la nulidad alegada como petición principal, solicita el pago de las remuneraciones desde el período que va desde la fecha del despido hasta que se le comunique, acompañando los comprobantes respectivos, el pago íntegro de sus cotizaciones previsionales y, en ese evento, que también se declare incausada, injustificada e indebida la terminación de su contrato, ordenando pagar las remuneraciones del inciso 7° del artículo 162 del Código del Trabajo, indemnización sustitutiva del aviso previo, feriado proporcional, remuneraciones insolutas que detalla, así como comisiones por los servicios que refiere, cotizaciones previsionales, con los reajustes e intereses que correspondan, con costas.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de trece de octubre de dos mil ocho, escrita a fojas 133 y siguientes, acogió la demanda sólo en cuanto acogió la acción de reclamación por despido injustificado y, en consecuencia, condenó a la demandada a pagar al actor: $966.668 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; $1.189.000 correspondiente a la remuneración de junio y los días trabajados de julio de 2005; $2.150.000 por comisiones adeudadas; $ 249.991 a título de compensación de feriado proporcional; cotizaciones de seguridad social por todo el tiempo trabajado, con más los reajustes e intereses previstos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; y rechazó la acción de nulidad del despido; señalando que cada parte pagará sus costas.

Se alzaron tanto la parte demandante como la demandada y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de nueve de abril del año en curso, que figura a fojas 175 y siguientes, revocó la sentencia apelada en cuanto no dio lugar a la nulidad del despido y en su lugar declaró que se hace lugar a éste, condenándose al demandado South Consulting Signature S.A. a pagar al demandante las remuneraciones y enterar las cotizaciones previsionales en la institución previsional correspondiente, desde la fecha del despido a la de la convalidación, debiéndose pagar todas las sumas reajustadas en conformidad a lo establecido en los artículos 63 del Código del Trabajo, sin costas.

En contra de esta última sentencia, la parte demandada recurre de casación en el fondo, ordenándose traer los autos en relación a fojas 177.

Considerando:

Primero

Que, en su recurso, la parte demandada denuncia la infracción de los artículos 455 y 456 del Código del Trabajo, por concluir la supuesta existencia de una relación laboral entre el demandante y su parte, apartándose de lo que la lógica y la experiencia indican, no considerando la conexión, multiplicidad y concordancia de las pruebas aportadas al proceso por su parte, ya que lo celebrado fue un contrato de comisión mercantil, de naturaleza indiscutiblemente civil. Expresa que de haber tenido en cuenta los...

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