Superintendencia de Seguridad Social
Últimos documentos
- Dictamen O-01-S-00617-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 03 de febrero de 2026
Ccaf. Cotizaciones de salud. Cuando el empleador paga por error un porcentaje de las remuneraciones imponibles de los trabajadores a las c. C. A. F. , éstas deben proporcionar a fonasa la información respecto de esa cotización mal enterada, estando prohibido devolver ese porcentaje a empleadores o a las isapres, debido a que fonasa es el encargado de gestionar el traspaso de dicho porcentaje.
- Dictamen 13569-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 29 de enero de 2026
Licencia médica. Licencia postnatal. Tratándose de un nacimiento con certificado de nacimiento extranjero, se exige que este documento esté debidamente legalizado, ante las autoridades locales de dicho país y en el consulado de chile, sin que tenga que obtener la cédula de identidad o nacionalidad chilena del recién nacido. En nuestro país, a su vez, dicho certificado de nacimiento, debe ingresar ya apostillado.
- Dictamen O-01-ISESAT-00316-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 20 de enero de 2026
Ley n° 16.744. Aclara criterio técnico de confirmación diagnóstica, de síndrome de túnel carpiano, en base a estudio ecográfico.
- Dictamen O-01-S-00179-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 14 de enero de 2026
Subsidio al empleo joven de la ley n°20.338 y subsidio al empleo de la mujer establecido en el artículo 21 de la ley n°20.595. Informa los valores de los tramos de renta a contar del 1° de enero de 2026.
- Dictamen O-01-ISESAT-00173-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 13 de enero de 2026
Ley n° 16.744. Accidente escolar. Responde consultas sobre sobre la cobertura y reembolso de gastos de traslado del seguro escolar (incluyendo traslados rurales y combustible/peajes), y sobre asignaciones de recursos a municipalidades por accidentes escolares.
- Dictamen O-01-S-00108-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 09 de enero de 2026
Servicio de bienestar. Requisitos para ser elegido representante de los afiliados en el consejo administrativo.
- Dictamen O-01-S-00121-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 09 de enero de 2026
Asignación familiar. El cambio en la modalidad de pago de la asignación familiar y maternal es una medida efectiva que mejora el régimen de prestaciones familiares. Su aplicación por parte de las cajas de compensación de asignación familiar (ccaf) generará importantes efectos positivos en la eficiencia administrativa y la satisfacción del afiliado.
- Dictamen O-01-S-00122-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 09 de enero de 2026
Ley sanna. El tercero a quien se haya otorgado el cuidado personal de un menor de 18 años bajo un programa de protección podrá acceder al seguro sanna, siempre y cuando cumpla también con los requisitos legales establecidos en los artículos 5°, 6° y 7° de la ley n°21.063.
- Dictamen O-01-DRPA-00068-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 08 de enero de 2026
Aporte familiar permanente correspondiente al año 2026. Informa sobre el monto del beneficio.
- Dictamen O-01-ISESAT-00017-2026 de Superintendencia de Seguridad Social de 05 de enero de 2026
Ley n° 16.744. Artículo 77 bis. Mal uso y otorgamiento de licencias (ley n° 20.585). El riesgo de que médicos sean sancionados por la ley n° 20.585, al realizar una licencia médica por derivación del art. 77 bis de la ley n° 16.744, al no existir una prestación de salud directa, no ocurre en la medida que al emitir la licencia médica de que se trate se consigne la glosa obligatoria en el formulario electrónico zona a.6 ("otros diagnósticos") y reiterar en la zona e la glosa: "licencia médica de derivación otorgada por nombre del organismo administrador o administrador delegado , aplicación del artículo 77 bis". Esto permite justificar la emisión y respalda al profesional ante la superintendencia.
Documentos destacados
- Oficio nº 060933 de 28 de Septiembre de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº20.428. D.F.L. Nº150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)
- Oficio nº 060209 de 23 de Septiembre de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.395, artículo 24 y D.S. Nº28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)
- Oficio nº 065620 de 18 de Octubre de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16744; DL. Nº3501, de 1980 y DS. Nº109, de 1968, del M. del T. y P.S.)
- Oficio nº 055102 de 31 de Agosto de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744.)
cambio de puesto de...
- Oficio nº 048725 de 4 de Agosto de 2010, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.744;D.S. Nº101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)
- Oficio nº 048078 de 22 de Septiembre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; D.S.Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)
- Oficio nº 064189 de 5 de Diciembre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395; Ley Nº 18.469)
- Oficio nº 053324 de 17 de Octubre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)
- Oficio nº 050978 de 5 de Octubre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº18.469)
- Oficio nº 051519 de 10 de Octubre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 3500, de 1980)