Dirección del Trabajo
Últimos documentos
- ORD. N° 1238/36 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1238/36 Corporación Municipal; Establecimiento Educacional; Provisional; 1) Al administrador provisional le corresponde, desde que asume funciones y hasta el término de su designación, ejercer las facultades y obligaciones propias del empleador respecto de quienes se desempeñan en los establecimientos educacionales que indique la resolución que lo designa como tal, con el límite de los recursos que reciba para su gestión. 2) La Corporación Municipal de Ancud no ha perdido la calidad de empleador, respecto de los trabajadores que se desempeñan en el área de Administración Central de la misma.
- ORD. N° 1241 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1241 Documentación laboral electrónica; Sin perjuicio de lo señalado en el cuerpo del presente informe acerca de la improcedencia de aplicar a los pronunciamientos de este Servicio las normas del procedimiento administrativo contenido en la Ley N°19.880, el software de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica, denominado "SGP", se ajusta a todas las condiciones exigidas por el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
- ORD. N° 1245 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1245 Documentación laboral electrónica; Si bien la utilización de la plataforma de generación, gestión y forma de documentación laboral electrónica provista por la empresa BUK S.p.A, ha sido autorizada por esta Dirección, la forma de inmplementación planteada por la empresa Summit Agro South America S.p.A., no se ajusta a las exigencias contenidas en el Dictamen N°0789/15 de 16.02.2015, por lo que se rechaza la solicitud.
- ORD. N° 1248 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1248 Principio de continuidad laboral; Modificaciones totales o parciales, Alteración Dominio, posesión o mera tenencia; 1. Las modificaciones totales o parciales relativas al dominio, posesión o mera tenencia de la empresa no alteran los derechos laborales ni la subsistencia de los contratos de trabajo o instrumentos colectivos, los que continuarán vigentes con el nuevo empleador. 2. La decisión de reformar los estatutos sindicales corresponde sea adoptada por la asamblea sindical extraordinaria, en los términos señalados por el legislador en el artículo 233 del Código del Trabajo, con el único límite de ajustarse a las normas legales que regulan la materia. En tal sentido, y en virtud de la autonomía sindical, no procede jurídicamente que la Dirección del Trabajo tenga injerencia alguna con los sindicatos en el ámbito de modificaciones de sus estatutos. 3. Considerando que la doctrina vigente de este Servicio ha reconocido su limitación al momento de decidir reformas o modificaciones a los estatutos sindicales, si se ha pronunciado respecto a los límites normativos que en tal ámbito se deben respetar. POr consiguiente, no resulta contrario a la normativa laboral qus se apruebe por la respectiviva asamblea sindical extraordinaria, una modificación estatutaria de un Sindicato cuyo propósito sea el cambio de ombre de la empresa.
- ORD. N° 1246 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1246 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Procedencias; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio de la Ley N°21.530 sólo a aquellos trabajadores que se desempeñan en aquellos establecimientos de salud privada, según lo expuesto en el presente informe.
- ORD. N° 1243 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1243 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Resulta procedente conceder el descanso reparatorio otorgad por la Ley N°21.530 al personal que se desempeña en farmaciás homeopáticas.
- ORD. N° 1247 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1247 Trabajadores de la Salud; Beneficio de descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcances; Resulta procedente otorgar el beneficio de descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a los trabajadores y trabajadoras que, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por esta normativa, se desempeñaron en un laboratorio farmacéutico que prestó labores de apoyo al combate de la pandemia por COVID-19.
- ORD. N° 1244 14 de Septiembre de 2023
ORD. N°1244 Sistema de votación electrónica; Atendido que se ha acreditado el cumplimiento de todas las exigencias vigentes sobre la materia, este Servicio no autoriza la utilización del sistema computacional de votaciones para organizaciones sindicales y asociaciones de funcionairos de la Administración del Estado denominado SUFRAGA.
- ORD. N° 1226 13 de Septiembre de 2023
ORD. N°1226 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley N°21.530; Covid-19; Alcance; Para tener derecho al descanso reparatorio concedido por la Ley N°21530 se deben haber desempeñado labores durante el período señalado por esta ley en las entidades que en ella se indican, en los términos expuestos en el presente oficio.
- ORD. N° 1229 13 de Septiembre de 2023
ORD. N°1229 Trabajadores de la Salud; Descanso reparatorio; Ley 21.530; Covid-19; Procedencia; No resulta procedente otorgar el descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 si no se han prestado funciones de forma ininterrumpida por todo el período exigido por esta ley.
Documentos destacados
- ORD. Nº4052/063 13 de Septiembre de 2010. Empresa de Servicios Transitorios. Sala cuna.
Las trabajadoras contratadas para servicios transitorios gozan plenamente del derecho a sala cuna, siendo la Empresa de Servicios Transitorios la obligada a brindar ese derecho, en la medida que se verifiquen los requisitos dispuestos en el artículo 203 del Código del Trabajo....
- ORD. Nº1412/021 18 de Marzo de 2010. Término Contrato Individual. Caso Fortuito o Fuerza mayor. Requisitos.
1.- Para la aplicación estricta de la causal de terminación del contrato de trabajo "caso fortuito o fuerza mayor" contenida en el artículo 159 Nº6 del Código del Trabajo, con ocasión del terremoto que sacudió a parte del país el 27 de febrero de este año, deben reunirse copulativamente los...
- ORD. Nº4467/076 14 de Octubre de 2010. Estatuto Docente. Bonificación de Excelencia. Destinación. Procedencia.
La Corporación Municipal de San Miguel no se encuentra obligada a continuar pagando Bonificación de Excelencia a una docente que es destinada de un establecimiento educacional calificado como de excelente desempeño a otro que no recibe subvención por tal concepto, sin perjuicio de la obligación de...
- ORD. Nº3029/044 12 de Julio de 2010. Reglamento interno. Consumo de Tabaco.
En virtud de lo dispuesto en el numeral 9) del artículo 154 del Código del Trabajo, las reglas contenidas en el artículo 11 de la ley Nº19.419, relativas al consumo de tabaco, deben consignarse en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad de aquellas empresas, establecimientos, faenas o...
- ORD. Nº4794/084 8 de Noviembre de 2010. Estatuto de Salud. Bonificación por retiro. Ley Nº20.157. Base de cálculo.
La base de cálculo para el pago de la bonificación por retiro voluntario que establece la ley 20.157, será la que resulte del promedio de las remuneraciones mensuales imponibles que le hayan correspondido al funcionario de atención primaria de salud durante los 12 meses inmediatamente anteriores al ...
- ORD. Nº4910/065 3 de Diciembre de 2009. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Registro de Cargo o Funciones. Obligación Empleador.;Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. Registro de Cargo o Funciones. Vigencia.;Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.Igualdad de Remuneraciones. Procedimiento de Reclamación. Obligación Empleador.;Principio Igualdad de ...
1) Todas las empresas que cuenten con 200 o más trabajadores, a contar del día 19 de diciembre de 2009, se encontrarán obligadas a incorporar en sus Reglamentos Internos, de Orden, Higiene y Seguridad, un registro que consigne los diversos cargos o funciones de la empresa y sus características técni...
- ORD. Nº1114/023 24 de Marzo de 2009. Estatuto Docente. Corporaciones Municipales. Bono extraordinario. Procedencia.;Estatuto Docente. Corporaciones Municipales. Bono extraordinario. Procedimiento de Cálculo.
1) Las Corporaciones Municipales se encontraron obligadas a pagar el bono extraordinario, en el mes de diciembre de los años 2007 y 2008, como asimismo, a continuar pagándolo hasta el 2010, a los docentes de los establecimientos educacionales dependientes de las citadas entidades, en caso de...
- ORD. Nº0213/003 15 de Enero de 2009. Ley Nº19.464. Subvención. Destino.
No resulta legalmente procedente que las Corporaciones Municipales destinen la subvención a que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº19.464 a otros pagos, que no sea el denominado "Bono Incremento Ley Nº19.464", aún cuando cuenten para ello con el consentimiento de los asistentes de la educación. ...
- ORD. Nº2745/042 9 de Julio de 2009. Indemnización Legal por años de Servicios. Base de Cálculo. Colación y Movilización.
Las regalías de colación y movilización que otorga la empresa Salmones Maullín Ltda. a los trabajadores afectos al contrato colectivo vigente en ella, son beneficios que deben incluirse en la base de cálculo de la indemnización por años de servicio a que tengan derecho dichos trabajadores. ...
- ORD. Nº1664/029 30 de Abril de 2009. Negociación Colectiva. Última oferta. Requisitos.
Deniega reconsideración de ordinario Nº2205/039, de 26.05.2008....