Resolución Exenta SII N° 53, Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional, de 25 de Septiembre de 2003 - Normativa - VLEX 272717267

Resolución Exenta SII N° 53, Departamento de Fiscalización Selectiva e Internacional, de 25 de Septiembre de 2003

RESOLUCION EXENTA SII N°53 DEL 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2003 MATERIA : AUTORIZA A COMPAÑÍA DE PETRÓLEOS DE CHILE COPEC S.A. A EXIMIRSE DE REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN N° EX. 1661, DE 1985, RESPECTO DE GUÍAS DE DESPACHO QUE INDICA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

VISTOS:

  1. Las facultades contenidas en el Artículo , letra A), N° 1 del Código Tributario, y en los Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del DFL N° 7, de Hacienda de 1980; lo dispuesto en el Decreto Ley N° 825 de 1974 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y en el Decreto Supremo de Hacienda N° 55 de 1977, reglamentario del DL N° 825 de 1974.

  2. El escrito de fecha 24 de julio de 2003, presentado por Don Ricardo Budinich Diez en representación de Compañía de Petróleos de Chile S.A. RUT: 90.690.000-9 con domicilio en Agustinas N° 1382 comuna de Santiago, en el que informa la creación de la filial RUT: 99.520.000–7, la que concentrará los activos y pasivos, así como también la operación del negocio de distribución de combustibles de la empresa matriz RUT: 90.690.000–9.

  3. El escrito de fecha 25 de agosto de 2003, que complementa el escrito del 24 de julio, presentado por Don Ricardo Budinich Diez en representación de Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A. RUT: 99.520.000–7, con domicilio en Agustinas N° 1382 comuna de Santiago, en el que informa:

    La creación de la empresa filial Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A. RUT: 99.520.000–7, de ahora en adelante Filial COPEC S.A., la cuál concentrará los activos y pasivos, así como también la operación del negocio de distribución de combustibles de la empresa matriz Compañía de Petróleos de Chile S.A. RUT: 90.690.000–9.

    Y además solicita lo siguiente:

    Autorización de las Guías de despacho en formato ticket para la venta de combustibles y lubricantes con tarjeta TCT, sistema de ventas al crédito de gasolina para uso de vehículos de clientes que sean contribuyentes del IVA y que tengan camionetas u otros vehículos de trabajos similares, por cuyo consumo de gasolina tengan derecho a utilizar el IVA Crédito Fiscal.

    CONSIDERANDO:

  4. - Que, la empresa Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A. RUT: 99.520.000–7 realizó inicio de actividades y presentó todos los antecedentes solicitados en el artículo 68 del Código Tributario.

  5. - Que, la Resolución Ex. N° 6499 del 29 de septiembre de 1999 autoriza a Compañía de Petróleos de Chile S.A. RUT: 90.690.000–9 a eximirse de requisitos establecidos en la Resolución N° Ex. N° 1661, de 1985, respecto de guías de despacho.

  6. - Que, la nueva filial Compañía de Petróleos de Chile COPEC S.A. RUT: 99.520.000–7 concentrará todo el negocio de distribución de combustibles de la empresa matriz Compañía de Petróleos de Chile S.A. RUT: 90.690.000–9.

  7. - Que, el sistema consistente en la venta de gasolina a crédito, opera mediante la utilización de una tarjeta magnética que identifica al usuario, con el nombre o razón social de la empresa y LA PATENTE DEL VEHICULO AUTORIZADO, la que permite accionar un microcomputador e ingresar los datos que se requieren para los fines de emitir un comprobante de venta. Además de los datos de fecha, producto y cantidades suministradas, el sistema permite el registro del odómetro del vehículo, dato con el cual el cliente controla su rendimiento. El microcomputador, instalado en cada Estación de Servicio COPEC adherida al sistema, funciona conectado al computador central ubicado en la Filial COPEC S.A..

  8. - Que, este comprobante de venta reemplazaría a las guías de despacho que están obligados a otorgar para postergar la emisión de las respectivas facturas, puesto que cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley del ramo y su Reglamento, omitiéndose sólo los aspectos formales dispuestos en la mencionada Resolución N° Ex. 1661, como son: dimensiones mínimas, tipo de papel a utilizar, etc., por no ser adaptables al sistema.

  9. - Que, respecto al timbraje de los rollos de guías especiales de despacho solicita acogerse a las normas de la Resolución N° Ex. 5.285, de 22.09.93, que estimó conveniente para un mejor control de los documentos que van en rollos, que éstos se timbren con una numeración única nacional en la jurisdicción de la casa Filial COPEC S.A.

  10. - Que, las ventas que se realizarían por el sistema Tarjeta Copec Transporte, serían las efectuadas por la Distribuidora Mayorista, con almacenaje del combustible, quien opera con una red de estaciones de servicio que venden combustibles por cuenta de la empresa (consignatarios), por su propia cuenta (revendedores o concesionarios) y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR