ORD. Nº 3405/257 14 de Agosto de 2000 - Doctrina Administrativa - VLEX 239873334

ORD. Nº 3405/257 14 de Agosto de 2000

Fecha Disposición14 de Agosto de 2000

ORD. Nº 3405/257

MAT.:

Dirección del Trabajo. Competencia. Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile

RDIC.:

La Dirección del Trabajo carece de competencia para fiscalizar el cumplimiento de las leyes laborales en el Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile, correspondiendo esta facultad a la Contraloría General de la República.

ANT.:

Oficio Nº 3199-2000, de 19 de julio de 2000, de Noveno Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

FUENTES:

Ley Nº 18.712, artículo 3º.

SANTIAGO, 14 DE AGOSTO 2000

DE :

DIRECTORA DEL TRABAJO

A :

SR. JUEZ DEL NOVENO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO

SANTIAGO

/

Mediante oficio del antecedente y en relación con los autos seguidos ante ese Tribunal caratulados "González Moya Yeannette con Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile", rol 5035-99, se ha solicitado un pronunciamiento de esta Dirección tendiente a determinar si el Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile del cual depende el Complejo Recreacional del Cuadro Permanente, se encuentra obligado a pagar gratificaciones a sus trabajadores sujetos a la normativa del Código del Trabajo.

Al respecto, cumplo con informar a US. lo siguiente:

En primer término cabe tener presente que según lo ha señalado la Contraloría General de la República en dictamen Nº 27398, de 28.09.90, el Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile, en su calidad de Servicio de Bienestar Social de dicha Institución, se rige por la Ley Nº 18.712, la que en su artículo 3º le confiere la facultad para contratar personal civil, rigiéndose esta relación contractual por las normas contenidas en el Código del Trabajo.

Dicha Entidad en el mismo pronunciamiento, agrega que:

"es necesario precisar que los trabajadores que se desempeñan en Empresas o Instituciones del Estado tienen la calidad de servidores públicos, cualesquiera que sean las normas que regulen sus vinculaciones con el organismo y, en este caso en particular, el Código del Trabajo constituye el estatuto de sus derechos y obligaciones. Por lo tanto, como el Comando de Apoyo Administrativo constituye un Servicio de Bienestar de una Institución Pública como lo es el Ejército de Chile, corresponde a...

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