ORD. Nº2842 31 de Julio de 2014. Reglamento Interno; Sistema de turnos; Legalidad; Inspección del Trabajo. - Doctrina Administrativa - VLEX 539026642

ORD. Nº2842 31 de Julio de 2014. Reglamento Interno; Sistema de turnos; Legalidad; Inspección del Trabajo.

Fecha Disposición31 de Julio de 2014
MateriaReglamento Interno; Sistema de turnos; Legalidad; Inspección del Trabajo.

DIRECCION DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K.8293 (1451)/2014)

ORD Nº 2842 /

MAT.: Reglamento Interno; Sistema de turnos; Legalidad; Inspección del Trabajo.

RORD.: Proporciona información que indica.

ANT.: 1. Correo Electrónico 25.07.2014, a Director Regional del Trabajo Santiago Oriente.

  1. - Correo Electrónico de 23.07.2014, a Inspectora Comunal del Trabajo Las Condes,

  2. - Presentación, de 15.07.2014, de Sra. Angélica Donoso Polanco, Presidenta Sindicato de Empresa Servicios Generales Cerro Colorado Ltda.

SANTIAGO, 30.07.2014-..

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SRA. ANGÉLICA DONOSO POLANCO

PRESIDENTA SINDICATO DE EMPRESA SERVICIOS

GENERALES CERRO COLORADO LTDA.

PASAJE CARINA Nº 1143

MAIPÚ

Mediante presentación citada en el antecedente 3) solicita un pronunciamiento de esta Dirección respecto de la legalidad del sistema de turnos establecidos en el reglamento interno de la empresa Servicios Generales Cerro Colorado Ltda., haciendo presente que, en su oportunidad, se formularon objeciones a este respecto, como también, a otras disposiciones contenidas en dicho documento

Sobre el particular cabe informar a Ud., en forma previa, lo siguiente:

Mediante Resolución Nº691, de 09.07.2010, modificada por Resolución Nº1121, de 17.07.2013, este Servicio delegó el estudio de la legalidad de las disposiciones de los Reglamentos Internos en las respectivas Inspecciones del Trabajo, correspondiendo, por ende, a dichas Oficinas, conocer y resolver las impugnaciones a dicho Instrumento.

Ahora bien, según lo informado por la Inspección Comunal del Trabajo de las Condes- oficina competente para resolver de acuerdo a las Resoluciones precitadas-, por Ordinario Nº2047, de 28.11.2013, dicha Inspección se pronunció sobre las objeciones planteadas por esa organización sindical, acogiendo en su punto 8), la relativa a la multiplicidad de turnos de trabajo establecidos en el reglamento interno de...

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