Oficio nº 003738 de 6 de Noviembre de 1978, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; Código del Trabajo; D.L. Nº 2.200, de 1978) - Doctrina Administrativa - VLEX 480750082

Oficio nº 003738 de 6 de Noviembre de 1978, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; Código del Trabajo; D.L. Nº 2.200, de 1978)

Esa Mutual de Seguridad no puede excusarse de otorgar las pensiones de viudez y orfandad causadas por un trabajador de una empresa afiliada a ella, por la circunstancia de que el contrato de trabajo que se le ha exhibido sólo aparece firmado por el empleador y no por el trabajador fallecido, ya que de acuerdo con el art. 6 del Código del Trabajo y el actual art. 9 del DL 2200, de 1978, el contrato de trabajo surte todos sus efectos, aún cuando no esté firmado...

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