Oficio nº 010852 de 14 de Marzo de 2002, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 18.469) - Doctrina Administrativa - VLEX 480752426

Oficio nº 010852 de 14 de Marzo de 2002, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 18.469)

Ud. ha recurrido a esta Superintendencia solicitando la revisión de las cotizaciones de los subsidios correspondientes a las licencias médicas continuadas, otorgadas durante los años 1994 a 1996, que fueran pagadas por la Caja de Compensación.

Sobre el particular, debe expresarse a Ud. que el plazo para efectuar el correspondiente reclamo se encuentra ampliamente vencido. En efecto, como lo ha expresado esta Superintendencia en su jurisprudencia, por ejemplo en el Oficio N° 39, de 5 de enero de 1998, para determinar el plazo para reclamar por el cálculo de un subsidio por incapacidad laboral y de sus respectivas cotizaciones, debe aplicarse el inciso segundo del artículo 24 de la Ley N° 18.469, que dispone que el derecho a impetrar el subsidio por incapacidad laboral prescribe en seis meses desde el término de la respectiva licencia médica.


En efecto, dicha norma contiene el plazo...

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