Oficio nº 2851 de 19 de Enero de 2017, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; Decreto Supremo Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.) - Doctrina Administrativa - VLEX 661916265

Oficio nº 2851 de 19 de Enero de 2017, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744; Decreto Supremo Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)

  1. Mediante el oficio consignado en CONC., esta Superintendencia calificó como de origen laboral el cuadro clínico que presentó el interesado, al provenir de un accidente del trabajo que sufrió el 28 de junio de 2016, no siendo procedente el rechazo de otorgar la cobertura del Seguro Social contra Riesgos Profesionales que ese Instituto inicialmente resolvió, derivando al paciente a su régimen de salud común (Fonasa) y emitiendo la licencia médica N° 78, por 30 días, a contar de igual fecha.


  2. A través de la presentación de ANT., esa Mutualidad ha realizado una nueva presentación manifestando que se detectó que el afectado no tramitó la aludida licencia médica y que, además trabajó para su empleador durante parte del período de reposo por ella prescrito, específicamente, a partir del 7 de julio de 2016, percibiendo remuneraciones.


    Atendido lo anterior, esa Mutualidad plantea que no correspondería pagar al trabajador subsidio por incapacidad laboral por el referido período específico, procediendo hacerlo solamente por aquellos días en que no recibió remuneraciones -28 de junio a 6 de julio de 2016-, criterio que solicita confirmar a este Servicio.


  3. Sobre la situación esta Superintendencia expresa que el artículo 1° del Decreto Supremo N° 109 (citado en FTES.), entre otras...

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