INFORME FINAL N° 24, DE 2012, SOBRE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN LA APROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL. SEA - Doctrina Administrativa - VLEX 565332470

INFORME FINAL N° 24, DE 2012, SOBRE CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA EN LA APROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA DEL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL. SEA

Fecha de Resolución11 de Enero de 2013
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioSERVICIO EVALUACION AMBIENTAL
Número de informe24/2012
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

El Servicio de Evaluación Ambiental ha aportado antecedentes e implementado medidas que han permitido subsanar parte de las observaciones planteadas, tal como se expresa en el cuerpo del presente informe. Por su parte, la SEREMI del Medio Ambiente RM, en el contexto de los proyectos cuyas DIA fueron examinadas, actuó de conformidad con las atribuciones que le confiere la ley N° 20.473, no obstante, deberá adoptar las medidas pertinentes que contemplen, a lo menos, las siguientes acciones:

  1. Velar por el cumplimiento de lo estipulado en el artículo 9° ter. de la ley N° 19.300, sobre compatibilidad territorial; y en el 25 quáter del mismo texto legal que establece que las RCA deben ser informadas a la Superintendencia del Medio Ambiente.

  2. Reiterar al Secretario y a la Presidenta de la Comisión de Evaluación RM, así como a los Organismos participantes en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SETA, el uso de la firma electrónica avanzada, de acuerdo a las instrucciones impartidas mediante el oficio Ord. DJ N° 110.083, de 2011, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.

  3. Concluir la implementación del archivo documental único de expedientes del SETA, los que deben contener la totalidad de los antecedentes que las conforman y encontrarse debidamente foliados.

  4. Procurar que los organismos competentes asistan a las reuniones del Comité Técnico de Evaluación.

  5. Establecer puntos de control interno en el proceso de elaboración de las RCA a fin de evitar la reiteración de situaciones como las observadas en el cuerpo del informe y, dictarlas dentro de los plazos establecidos en el...

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