INFORME FINAL 42-2014 DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE LA EDUCACION MUNICIPAL DE LA GRANJA PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR PIE AGOSTO 2014
Fecha de Resolución | 26 de Agosto de 2014 |
Emisor | Municipalidades |
Servicio | DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA GRANJA |
Número de informe | 42/2014 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el Departamento de Administración de Educación de la Municipalidad de La Granja, la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana y la Superintendencia de Educación Escolar han aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar diversas situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 42, de 2014. En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo I, aspectos de control interno, numerales, 2, sobre reglamento interno de orden; 4, sobre manual de descripción de cargos y funciones; el capítulo II, examen de cuentas, puntos 1.2, diferencia de ingresos informados por la municipalidad, en cuanto a los montos de $ 844.084.-, $ 10.- $ 747.090.-; 2.1.1, gastos improcedentes, letras a) y b); 3.4, entrega del comprobante de recepción de recursos e informe de inversión; y el capítulo III, examen de la materia auditada, numerales 1, aprobación y contenido del Programa de Integración Escolar; 2, puntos 2.1, convenio de integración escolar, literales a) y b); 2.4, sobre registro nacional de profesionales en el Ministerio de educación a excepción de los casos de las señoras Carolina Díaz Roble, María Monetta Molina y María Barras Vargas; y 4.1, sobre instalaciones en sala de recursos, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por las entidades. Acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 7, sobre auditoría al Programa de Integración Escolar, resulta del todo recomendable que la auditoría a los recursos PIE del año 2014, contemplada por la dirección de control municipal, sea ejecutada en la época prevista, considerando que corresponde a las unidades municipales cumplir con las labores encomendadas en forma oportuna y eficiente, así como los resultados de la presente auditoría.:
Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, las entidades aludidas deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales, se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:
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Sobre lo señalado en el capítulo III, examen de la materia auditada, numeral 2, punto 2.5, antecedentes de los profesionales contratados durante el año 2013, el municipio deberá ordenar el sumario respectivo a fin de determinar las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios...
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