INFORME FINAL 39-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE ESTACIÓN CENTRAL - ADUTIRORÍA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565135462

INFORME FINAL 39-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE ESTACIÓN CENTRAL - ADUTIRORÍA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014

Fecha de Resolución26 de Agosto de 2014
EmisorMunicipalidades
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE ESTACION CENTRAL 
Número de informe39/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

En efecto, las observaciones señaladas en el capítulo II, examen de cuentas, numeral 2, ejecución y estado del programa, letra b), gastos no incorporados al PIE; y el capítulo III, examen de la materia auditada, numeral 2, ejecución y estado del programa, puntos 2.1, convenio de integración escolar comunal, en lo relativo al cumplimiento de la Secretaría Regional Ministerial de las cláusulas 2 y 3 del convenio; 2.3, alumnos beneficiarios del programa, sobre el formulario único especifico de evaluación especializada y la falta de entrega de antecedentes a los apoderados por retiro del establecimiento educacional de dos alumnos, y respecto de la falta de copia del expediente de los mismos, a saber, R.U.T. N°s 21.238.xxx y 21.956.xxx 2.4 sobre acreditación registro nacional de profesionales Ministerio de Educación; y, 3.1 Informe Técnico de Evaluación Anual, en lo relativo a publicación de éste, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad. Acerca de lo mencionado en el capítulo I, aspectos de control interno, numeral 4, sobre auditoría al Programa de Integración Escolar, resulta del todo recomendable que la auditoría a los recursos PIE del año 2014, contemplada por la dirección de control municipal, sea ejecutada en la época prevista, considerando que corresponde a las unidades municipales cumplir con las labores encomendadas en forma oportuna y eficiente; así como los resultados de la presente auditoria.:

En lo referido al capítulo II, examen de cuentas, numeral 1, punto 1.2, registro y depósito, se estima oportuno recomendar a la municipalidad, la conveniencia de contar con una cuenta corriente especial para la administración de los recursos del Programa de Integración Escolar, para efectos de optimizar el control por separado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos recursos procedentes de otras fuentes. Asimismo, sobre el punto 1.3, registro contable, resulta del todo conveniente que la municipalidad posea distintas cuentas contables para la administración de los recursos del Programa de Integración Escolar, para efectos de optimizar el control por separado, de los ingresos percibidos por este concepto y su aplicación, de aquellos recursos procedentes de otras fuentes. Respecto de las observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales, se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. En cuanto a lo observado en el capítulo II, examen de cuenta, numeral 2, punto 2.1 letra a), gastos improcedentes y 2.5.2, del capítulo III, examen de la materia auditada, el municipio deberá remitir el decreto que aprueba el proceso sumarial seguido en contra de doña Viviana del Carmen Escorza Aguilar, y el que acredita su destinación durante el año 2013 a la escuela Humberto Valenzuela García E-36; así como la dotación docente aprobada para dicha anualidad, a esta Contraloría General, en el plazo de 60 días hábiles, vencido el cual sin que ello ocurra, o bien, se compruebe la insuficiencia de dichos antecedentes, se formulará reparo por la suma de $ 2.981.756.-, de acuerdo a lo establecido en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336.

  2. Sobre lo observado en los puntos 2.2, recursos gastados y déficit del programa, y 3.1, rendiciones de...

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