Decisión nº C343-15, de Consejo de Transparencia de 10 de Marzo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 568173570

Decisión nº C343-15, de Consejo de Transparencia de 10 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaEconomía y Finanzas, Municipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C343-15

Entidad pública: Municipalidad de Vichuquén.

Requirente: Exequiel Díaz Farías.

Ingreso Consejo: 10.02.2015.

En sesión ordinaria N°600 de su Consejo Directivo, celebrada el 10 de marzo de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C343-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 9 de febrero de 2015, don Exequiel Díaz Farías efectuó una presentación a la Municipalidad de Vichuquén, a través de la cual solicitó copia de las cartolas Banco del Estado y sus respectivas conciliaciones bancarias de la cuenta N°42709004837 fondos ordinarios, de esa Municipalidad, periodo 1° de enero de 2014, hasta la fecha.

2) Que, posteriormente, el 10 de febrero de 2015, don Exequiel Díaz Farías dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Vichuquén, fundado en que el órgano reclamado le otorgó una respuesta el 6 de febrero pasado; sin embargo, la información entregada se encuentra desordenada e incompleta. Agrega, que faltan fechas importantes de los ingresos municipales, según listado que detalla.

3) Que, en el contexto del análisis de admisibilidad realizado al presente amparo, se advirtió que el...

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