Decisión nº C1390-13, de Consejo de Transparencia de 4 de Diciembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 539916502

Decisión nº C1390-13, de Consejo de Transparencia de 4 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGestión y administración territorial (Urbanismo)

DECISIÓN AMPARO ROL C1390-13

Entidad pública: Municipalidad de La Cisterna

Requirente: Marta Torres

Ingreso Consejo: 26.08.2013

En sesión ordinaria Nº 485 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de diciembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1390-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 6 de agosto de 2013, doña Marta Torres solicitó a la Municipalidad de La Cisterna la siguiente información:

a) Copia digital de las solicitudes de permiso administrativo con goce de sueldo, del período comprendido entre el 1º de enero y el 6 de agosto del 2013 de todos los funcionarios incluyendo de Educación, Salud Municipal y Alcalde.

b) Copia digital de la resolución administrativa que concede dichos permisos.

2) RESPUESTA: El 9 de agosto de 2013, la Municipalidad de La Cisterna respondió a dicho requerimiento de información mediante Oficio Ordinario N°115, señalando, en síntesis, que:

a) Las resoluciones administrativas que conceden los permisos administrativos solicitados se encuentran disponibles de manera permanente en el portal electrónico de la Municipalidad de La Cisterna, link Transparencia Activa, carpeta "Actos y Resoluciones sobre Terceros", por lo que se da aplicación al artículo 15 de la Ley de Transparencia.

b) Deniega la entrega de las solicitudes de permisos administrativos –literal a) de la solicitud-, debido a que el requerimiento es de carácter genérico al requerir todas las solicitudes de permiso administrativo que realizan todos los funcionarios en el ámbito de la administración de la Municipalidad de La Cisterna.

c) Asimismo, señala que la cantidad de solicitudes y resoluciones de los permisos de los funcionarios de la municipalidad de La Cisterna, incluyendo salud, educación, municipal y la Autoridad Municipal no cuenta con capacidad adecuada para soportar el envió de tanto volumen de información, debido a que se solicita ser enviada por correo electrónico.

3) AMPARO: El 26 de agosto de 2013, doña Marta Torres dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado la respuesta negativa a la solicitud de acceso a la información.

4) SUBSANACIÓN DEL AMPARO: Mediante Oficio N° 3.744 de 3 de septiembre de 2013, este Consejo solicitó a doña Marta Torres subsanar su amparo, acompañando copia de la solicitud de acceso que dio origen al presente amparo, así como de la respuesta a la misma, lo que se cumplió mediante correo electrónico de 11 de septiembre de 2013.

5) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación este amparo...

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