Decisión nº C744-11, de Consejo de Transparencia de 12 de Agosto de 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 539900318

Decisión nº C744-11, de Consejo de Transparencia de 12 de Agosto de 2011

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2011
TipoDocumentos Oficiales
MateriaGestión de Personas
TemaOrden y Seguridad Interior

DECISIÓN AMPARO C744-11

Entidad Publica: Gendarmería de Chile

Requirente: Francisco Valiente Farías

Ingreso Consejo: 15.06.2011

En sesión ordinaria Nº 272 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de agosto de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C744-11.

VISTOS:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 24 de mayo de 2011, don Francisco Valiente Farías solicitó a Gendarmería de Chile, copia de la resolución que prorroga su contrato, desde el 1° de enero al 31 de diciembre de 2011.

2) Que, con fecha 15 de junio de 2011, don Francisco Valiente Farías dedujo ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de Gendarmería de Chile, fundado en que dicho órgano denegó el acceso a la información por estimar la concurrencia de una causal legal de secreto o reserva.

3) El Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia acordó admitir a tramitación el presente amparo confiriendo traslado al órgano reclamado mediante Oficio N° 1494, de 20 de junio de 2011. Posteriormente, dicho órgano a través del Ordinario N° 14.00.00.1647/11, ingresado a este Consejo el 13 de julio de 2011, informó que el 28 de junio del presente...

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