casacion definicion
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Recurso de casación en el fondo (juicio ejecutivo. Juicio ejecutivo (recurso de casación en el fondo). Procedencia del recurso de casación en el fondo. Definición del vocablo ley. Interpretación de la ley (interpretación contractual). Interpretación contractual (interpretación de la ley). Interpretación de un contrato (recurso de casación en el fondo).
El vocablo "ley", en materia jurídica, queda comprendido, en su alcance o significado, dentro del ámbito de la terminología empleada en la ciencia del derecho y debe ser interpretado, por lo tanto, de acuerdo con la regla del artículo 21 del Código Civil, en el sentido que le dan los que practican dicha "ciencia", que consiste en la definición que de él da el artículo 1° de ese mismo cuerpo legal
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Recurso de casación en la forma (ultrapetita). Ultrapetita (expropiación). Expropiación (alcance de la indemnización). Indemnización (expropiación). Recurso de casación en el fondo (expropiación). Expropiación (momento en que se perfecciona). Expropiación (predios rústicos). Predio rústico (definición). Explotación agrícola (predio rústico). Construcción de caminos (expropiación)
CAS. FORMA. La indemnización que debe pagarse al dueño del bien expropiado debe ser integral y, por ende, para regularla deben considerarse tanto el valor del inmueble como los perjuicios que la expropiación le produce. En consecuencia, no existe ultrapetita si la sentencia pondera los distintos daños producidos con motivo de la expropiación, de acuerdo a los informes de los peritos, aun cuando...
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Recurso de casación en el fondo (juicio ejecutivo). Juicio ejecutivo (recurso de casación en el fondo). Procedencia del recurso de casación en el fondo. Definición del vocablo ley. Interpretación de la ley (interpretación contractual). Interpretación contractual (interpretación de la ley). Interpretación de un contrato (recurso de casación en el fondo)
El vocablo "ley", en materia jurídica, queda comprendido, en su alcance o significado, dentro del ámbito de la terminología empleada en la ciencia del derecho y debe ser interpretado, por lo tanto, de acuerdo con la regla del artículo 21 del Código Civil, en el sentido que le dan los que practican dicha "ciencia", que consiste en la definición que de él da el artículo 1° de ese mismo cuerpo legal
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Causa nº 3557/2008 (Casación). Resolución nº 22248 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Agosto de 2008
FUERZA MAYOR. CASO FORTUITO. DEFINICIÓN. Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.
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Causa nº 141/2003 (Casación). Resolución nº 20453 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 26 de Octubre de 2004
OBLIGACIÓN. DEFINICIÓN. DOCTRINA. La doctrina define a la obligación como el vínculo o relación jurídica entre dos personas determinadas en virtud de la cual una de ellos, el deudor, se encuentra en la necesidad de realizar una prestación en interés de la otra, el acreedor, que puede exigirla.
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Causa nº 935/2008 (Casación). Resolución nº 935-2008 de Corte Suprema, Sala Segunda (Penal) de 7 de Agosto de 2008
DAÑO MORAL. DEFINICIÓN. REPARACIÓN. El daño moral es la lesión efectuada culpable o dolosamente a un derecho subjetivo de carácter inmaterial e inherente a la persona e imputable a otra, detrimento que sin duda no es de naturaleza propiamente económica y no implica, en consecuencia, un deterioro o menoscabo real en el patrimonio de la misma, susceptible de prueba o determinación directa, sino que
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Causa nº 869/2008 (Casación). Resolución nº 869-2008 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 28 de Enero de 2009
SANA CRÍTICA. DEFINICIÓN. SENTENCIADOR. La sana crítica es entendida como una forma de apreciar la prueba siguiendo los principios de la lógica y las máximas de la experiencia, las cuales presentes en el razonamiento jurídico que hace el sentenciador conducen necesariamente a una determinada conclusión. MARCA. IRREGISTRABILIDAD. USO PREVIO. No transgrede la causal de irregistrabilidad contemplada
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Causa nº 3390/2008 (Casación). Resolución nº 3390-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Agosto de 2008
COTIZACIÓN. DEFINICIÓN. DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. El vocablo cotización es el designado por el Derecho de Seguridad Social para referirse a la cantidad o cuota con que los trabajadores y los empresarios deben concurrir, obligatoriamente y por mandato de la ley, a los regímenes de seguridad social, para financiar y garantizar el cumplimiento de sus fines.
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Causa nº 5514/2010 (Casación). Resolución nº 31533 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 31 de Agosto de 2010
PRECARIO. ELEMENTO. DEFINICIÓN. Un elemento inherente del precario constituye una simple situación de hecho, la absoluta y total ausencia de todo vínculo jurídico entre el dueño y el tenedor de la cosa, esto es, una tenencia meramente sufrida, permitida, tolerada o ignorada, sin fundamento, apoyo o título jurídicamente relevante. COSA. ACCIÓN. RESTITUCIÓN. La cosa pedida en la acción de precario,
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Causa nº 592/2004 (Casación). Resolución nº 592-2004 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 24 de Agosto de 2006
DESICIONES CONTRADICTORIAS. CONFIGURACIÓN. DEFINICIÓN. Existen decisiones contradictorias únicamente cuando las que contiene el fallo son incompatibles entre sí, de manera que no pueden cumplirse simultáneamente pues unas se oponen con otras, situación que no acontece en autos, desde que la resolución impugnada contiene una sola decisión, la de acoger la excepción de incompetencia alegada, razón...
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Causa nº 5825/2010 (Casación). Resolución nº 31525 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 31 de Agosto de 2010
ARRENDAMIENTO. DEFINICIÓN LEGAL. ARRENDAR. El artículo 1915 del Código Civil define el arrendamiento señalando que es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado, reseña que resulta coincidente con la que otorga a dicho...
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Causa nº 3132/2003 (Casación). Resolución nº 3132-2003 de Corte Suprema, Sala Segunda (Penal) de 14 de Marzo de 2006
DELITO CULPOSO. DEFINICIÓN. La figura del delito culposo precisa la inobservancia de los reglamentos representados en este caso por las reglas que rigen el tránsito, y una conducta negligente o imprudente que ocasione un resultado que de mediar malicia constituiría un crimen o simple delito contra las personas, es decir, un actuar culposo que jurídicamente sea la causa de la lesión de un bien...
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Causa nº 4913/2000 (Casación). Resolución nº 9339 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 20 de Junio de 2001
SENTENCIA. DESICIONES CONTRADICTORIAS. DEFINICIÓN. La sentencia posee decisiones contradictorias cuando existan, a lo menos, dos decisiones, que pugnen entre si, que se anulen y, en el caso, la sola lectura de la sentencia atacada permite concluir que en ella se contiene sólo una resolución: el rechazo de la demanda y de su ampliación. DERECHO LABORAL. INSTITUCIONES. INDEPENDENCIA. Las...
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Causa nº 437/2003 (Casación). Resolución nº 437-2003 de Corte Suprema, Sala Segunda (Penal) de 9 de Enero de 2006
ERROR DE PROHIBICIÓN. CONFIGURACIÓN. DEFINICIÓN. Incurre en error de prohibición quien cree que su conducta es lícita, sea porque ignora que, en general, está sancionada por el ordenamiento jurídico, sea porque supone que en el caso está cubierta por una causal de justificación que no existe o a la que atribuye efectos más extensos de los que realmente produce, sea, en fin, porque supone la...
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Causa nº 6040/2010 (Casación). Resolución nº 33690 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 9 de Septiembre de 2010
JUICIO EJECUTIVO. DEFINICIÓN. TÍTULO. El juicio ejecutivo, independientemente del texto legal que lo regule, de aplicación general o especial, consiste en un procedimiento de carácter compulsivo o de apremio, donde todas las actuaciones se orientan a la realización de bienes para los efectos de cumplir con la obligación contenida en el título ejecutivo. FUNDAMENTO. Su fundamento es sin lugar a...
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Causa nº 1913/2004 (Casación). Resolución nº 20993 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 24 de Agosto de 2006
DOCTRINA: De la definición que del caso fortuito o fuerza mayor entrega el artículo 45 del Código Civil, se desprenden los siguientes elementos constitutivos: 1) causa extraña al deudor o sea, que el hecho no debe serle imputable; 2) el hecho debe ser imprevisto, imposible de conjeturar lo que ha de suceder en un cálculo de probabilidades, es decir, cuando no hay ninguna razón para creer en su...
...De esta definición se desprenden sus elementos constitutivos, a saber: 1º causa extraña al deudor o dicho en otros términos, el hecho no debe serle imputable; 2º el ... -
Causa nº 2874/2003 (Casación). Resolución nº 2874-2003 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Diciembre de 2004
LEY. DEROGACIÓN TÁCITA. DEFINICIÓN. El inciso tercero del artículo 51 del Código Civil define la derogación tácita de la ley, explicando que ella se produce cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior. La derogación tácita deja vigente en las leyes anteriores, aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no pugna con las disposiciones...
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Causa nº 138/2001 (Casación). Resolución nº 12878 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 16 de Agosto de 2001
PRECARIO. DEFINICIÓN. REQUISITOS. El inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil señala que constituye precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño. De tal definición se desprenden los tres requisitos básicos para que concurra el precario, aceptados por la doctrina y la jurisprudencia: que el actor sea dueño de la cosa que reclama,
...De tal definición se desprenden los tres requisitos básicos para que concurra el precario, aceptados por la doctrina y la jurisprudencia: que el actor sea dueño de ... -
Causa nº 1232/2003 (Casación). Resolución nº 6550 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 27 de Abril de 2004
PRECARIO. DEFINICIÓN. REQUISITOS. El inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil señala que constituye precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño. De tal definición se desprenden los tres requisitos básicos para que concurra el precario, aceptados por la doctrina y la jurisprudencia: que el actor sea dueño de la cosa que reclama,
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Causa nº 853/2003 (Casación). Resolución nº 853-2003 de Corte Suprema, Sala Segunda (Penal) de 10 de Noviembre de 2005
ACCIDENTE DE TRÁNSITO. CAUSA. DEFINICIÓN. Se entiende por causa de un accidente de tránsito cualquier circunstancia, comportamiento, acción o condición riesgosa, sin la cual el hecho no se habría producido. En tal virtud, la denominada causa basal de un hecho culposo en la circulación vehicular, la ha de constituir el proceder descuidado, imprudente o negligente que necesariamente ha determinado...
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Causa nº 3669/2003 (Casación). Resolución nº 3669-2003 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 28 de Abril de 2005
PRUEBA. NORMAS REGULADORA. DEFINICIÓN. Son normas reguladoras de la prueba aquellas que determinan en forma imperativa para el juez la aceptación o rechazo de un medio de prueba para demostrar un determinado hecho, o el valor de convicción que debe asignarle a un medio probatorio o el orden en que se debe preferir un elemento de convicción sobre otro o por último, a quien debe asignarle la carga...
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Causa nº 5842/2010 (Casación). Resolución nº 31886 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 1 de Septiembre de 2010
INCONGRUENCIA. DEFINICIÓN. SENTENCIAS. La incongruencia, en su acepción más simple y general, puede ser considerada como la falta de correspondencia entre las pretensiones de las partes sean acciones o excepciones y la parte dispositiva de la sentencia. JUEZ A QUO. HECHOS. TRIBUNAL AD QUEM. Solamente los jueces del fondo se encuentran facultados para fijar los hechos de la causa y que efectuada...
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Causa nº 330/2000 (Casación). Resolución nº 11624 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 24 de Agosto de 2000
TRABAJADOR. DESPIDO. FALTA DE PROBIDAD. DEFINICIÓN. RESPONSABILIDAD PENAL. La falta de probidad debe ser entendida como ausencia de honradez en el obrar y que la misma no se relaciona con la apropiación indebida o estafa, ni con ningún otro delito, de manera que se establezca o no la responsabilidad penal de un trabajador, ello resulta independiente del procedimiento a seguir para determinar la...
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Causa nº 2156/2000 (Casación). Resolución nº 7397 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 23 de Mayo de 2001
PROCEDIMIENTO. ABANDONO. DEFINICIÓN. El procedimiento se entiende abandonado cuando todas las partes que figuran en el juicio han cesado en su prosecución durante seis meses, contados desde la fecha de la última resolución recaída en alguna gestión útil para dar curso progresivo a los autos. PERITO. GESTIONES. Las gestiones realizadas por un perito no tienen efecto alguno en relación con la...
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Causa nº 6095/2010 (Casación). Resolución nº 6095-2010 de Corte Suprema, Sala Primera (Civil) de 7 de Septiembre de 2010
SILENCIO DEL ACREEDOR. DEFINICIÓN. INTERPRETACIÓN. El silencio a que se alude el mencionado jurista chileno no es un silencio físico, sino un silencio que se traduce en dos hechos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2518 del Código Civil, esto es, que el acreedor no demande y que el deudor no reconozca. Todos esos actos son relativos a una determinada relación jurídica que media entre el...